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Mi caso es el siguiente.
Soy Español y el caso se propone en España,Andalucía.
Actualmente estoy contratado por 5 horas, pero me pagan por 8. Trabajo 7 h. por la mañana y 2,5 h, en dos tardes.Esto me conviene porque eventualmente, realizo trabajos de 1 ó 2 meses por las tardes, dos o tres veces al año, donde me contratan 5 horas. Lo que hago esque en mi ocupación ppal les pido permiso para no asistir por las tardes y ellos me reducen proporcionalmente el sueldo.
Mi consulta es lasiguiente:
Si me contratan 8 h. en mi ocupación ppal, me pueden contratar tambien, 5 horas por la tarde. ¿Es legal trabajar más de 8 h. en ocupaciones diferentes?
Si es así como me afecta, y si no se puede trabajar más de 8 horas, que solución me propone?
Gracias.
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