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en seis años.. solo a convivido un mes

Experto:
Usuario:
Fecha: 07/10/2008
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Divorcio
07/10/2008
oviano, usuario preguntando en Divorcio
Usuario
hola y gracias de antemano.
llevo casado seis años y mi mujer solo a vivido conmigo un mes durante dias
salteados en una casa que era de mis padres.en cuanto supo qu estaba embarazada, se marcho definitivamente a casa de su madre.
el dia de hoy tenemos en comun una niña
de cinco años que vive en casa de los abuelos maternos.
yo vivo con mis padres. hace un año tome definitivamente la decision de separarme.todavia estoy,con papeles a vueltas.solo se que tengo que pasar una pension alimenticia de 180 euros/mes.
pero la madre a recurrido la sentencia y no esta de acuerdo con el regimen de visitas.
por muchas razones ,voy a comprarme un pequeño piso ahora mismo,sin tener hecha la separacion de bienes.
dicho piso me lo entegan en un par de meses.
el piso se va a hipotecar al 100%.
MIS PREGUNTAS:
¿en su momento, puede llegar a quedarse
con el piso?.
¿se lo pueden,dejar hasta la mayoria de edad de mi hija?.
¿tendria que pagarle a la madre de mi hija algo por esta compra?.

mi abogado me dice que no hay problemas.
pero... no me fio.


le estaria muy agradecido si me diera alguna respuesta o consejo.
gracias por su colaboracion desinteresada.UN SALUDO.
07/10/2008
oviano, experto respondiendo en Divorcio
Experto
Hola,

En primer lugar debo informarte de que la vivienda que realmente corrió peligro fué la de tus padres, en donde al casarte se estableció el domicilio conyugal. Si tu ex-mujer, hubiese querido, se podría haber quedado con ella. Entonces tus padres hubiesen tenido que iniciar un penoso proceso de deshacio, que hubiese durado años. Así pues, puedes alegrarte de que en tu caso los cosas no hayan tomado este cariz, como me imagino que tu abogado te habrá comentado. Y esto es así, porque la custodia se la dan siempre a la madre, y a remolque de la custodia todo lo demás, incluido el piso. La ley no hace distinciones sobre quién es el propietario, basta con que sea el domicilio conyugal. En cuanto al mes de conviviencia con tu ex en 6 años, no es significativo y podría no ser tomado como abandono del hogar por un juez, si no existe una denuncia previa por tu parte, ni alegaciones por parte de tu ex-señora. Ella por ejemplo, podría alegar supuestos "malos tratos" y entonces aunque esté fuera del hogar conyugal más de 30 días, no sería considerado por la justicia como abandono de domicilio conyugal.
La pensión por alimentos es fijada por el ministerio fiscal en un 30% de tu nómina, es quizás por ello, por lo que tu ex-mujer desea recurrir la sentencia. El régimen de visitas suele ser para el padre de fines de semanas alternos y 1 mes de vacaciones de verano.
En cuanto al piso que te has comprado e hipotecado al 100%, puedes tener la total garantía que será de tu exclusiva propiedad. Ten en cuenta que al pasar la pensión de alimentos, existe de hecho una separación de bienes, pues de lo contrario no tendrías que pasar ninguna pensión. En resumen, la liquidación de la sociedad de gananciales afecta a los bienes que tuvieraís mientras estabaís casados, pero ese estado de "casamiento" terminó en el momento en que tú interpusiste una demanda de separación matrimonial.
Saludos.
07/10/2008
oviano, usuario preguntando en Divorcio
Usuario
Muy Bien. Me ha sido de gran utilidad
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