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Hola comillas,
en los Estatutos del colegio de licenciados y doctores en filosofia y letras y en ciencias de la Comunidad de Madrid, publicados el 3 de octubre del 2000, dice en su:
Artículo 7. Ejercicio de docencia.
1. Con la única excepción del profesorado sometido a la legislación vigente en materia de Función Pública, la incorporación a este Colegio será requisito indispensable para que los titulados universitarios a los que se refiere el artículo 1, apartado 2 y 3, del presente Estatuto puedan ejercer la profesión cuando tengan su domicilio único o principal en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
2. Al incorporarse a la docencia los titulados universitarios, a los que se refiere el artículo 1, apartados 2 y 3, con la única excepción del profesorado sometido a la ordenación de la Función Pública, deberán darse de alta.
Comprueba que tu titulación sea una de las que aparecen en eses apartados antes citados (aunque creo que están todas), si es así tu estarás entre los que deben estar colegiados, y existen sentencias del Constitucional de que debes pagar o serás castigado a una multa de entre 1500 y 15000 euros.
No si si es justo pero es así.
Espero haberte solucionado la duda.
Saludos,
anxomr.
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