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Buenos días. Si usted hace declaración trimestral de IVA, entonces se podrá deducir la cantidad de IVA que pague al comprar el local en el período en que lo tenga que declarar. Lógicamente, esa cantidad de 20.000 ? se compensará con lo que usted facture como IVA repercutido asi que si usted factura menos de 20.000 ? de IVA en el trimestre que corresponda a la venta del local, la Administración tendrá que devolverle la diferencia resultante, siempre y cuando usted en la declaración indique que prefiere la devolución a la compensación, y siempre que usted no tenga deudas con la Administración.
Espero serle de ayuda y no dude en volver a preguntar si no le ha satisfecho la respuesta. Gracias y no olvide puntuar para cerrar la pregunta
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