El banco no me permite desvincularme de una cuenta

Necesito informacion para poder desvincularme de una cuenta de la que yo era cotitular, el titular fallecio hace 1 año y medio, el banco no me permite desvincularme ya que el titular tenia un prestamo hipotecario y nadie se hace cargo de los pagos por lo que pretenden que lo haga yo, pero yo no soy la heredera ni tenia nada que ver con dicho prestamo, en esa cuenta no hay ninguna domiciliacion a mi nombre.

1 respuesta

Respuesta
-1
Si no apareces como titular en dicho prestamo hipotecario no te puede pasar nada, deja la cuenta a 0, se cancelara sola por el banco.
Que no me pueden hacer nada?? pues ya me metieron en una cuenta de morosos por gastos de mantenimiento que creo dicha cuenta, es que la cuenta esta en numeros rojos porque el banco a seguido cobrandose de las letras de la hipoteca aun despues de fallecido.... y aunque la hipoteca no este a mi nombre si que estoy de titular de la cuenta.... gracias un saludo
No te preocupes que si no estas de titular o de avalista en el prestamo, no pueden hacer nada. En un juicio, se demostraria los cobros de la hipoteca posteriores al fallecimiento que no te corresponden. ¿Qué relacion tienes con el fallecido? (¿Pariente, amigo, conyuge?).
En caso de cotitularidad (con 2 titulares), el 50% de los saldos es de cada uno, en caso de saldo negativo es lo mismo para la responsibilidad excepto si lo que provoca dicho descubierto no te corresponde, como es el caso si no apareces en la hipoteca.
Yo, en tu caso no haria nada, y si necesitas un prestamo y dicha morosidad te lo impide, coge un abogado que en el 100% de los casos ganaria esta causa segun lo que me cuentas.
tienes razon, pero los gastos de mantenimiento si que me corresponden por lo tanto quiero cancelarla o desvincularme de ella para no tener que pagar dichos gastos, que documentacion tendria que presentarles??
un millon de gracias
Para cancelar dicha cuenta tendrias que presentar toda la documentacion que en principio presentaria los herederos legales (testamento si existe, ultimas voluntades, aceptacion de herencia, certificado de defuncion). Con esta documentacion, los bancos donde el fallecido tenia cuentas emiten lo que se llama un certificado de saldos a fecha de fallecimiento. Con dicho(s) certificado(s), los herederos se presentan en Hacienda para ver si hay que pagar algo. Hacienda emite el certificado de pago o el certificado indicando que estan excentos. Con dicho certificado, vuelven los herederos al banco y tramitan la testamentaria que tarda unos dias... Esta es la forma legal de hacer las cosas.
En caso de no tener herederos legales y sin testamento o si no puedes contactar con ellos, las 2 unicas cosas que puedes hacer son:
1) No hacer nada y esperar a que salga el juicio, solo podran reclamarte por los gastos de mantenimiento de cuenta, por nada mas... aunque dudo que el banco lo haga ya que sabe que tiene todas las de perder...
2) Coger un abogado ahora e intentar solucionarlo de otra forma...

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas