Cancelar cuenta con uno de los titulares fallecido

Quiero realizar una reclamación a caja madrid pero no se si tengo derecho; mi madre tenía una cuenta conjunta con mi padre que falleció y en vez de cancelar la cuenta mi madre la dejó a 0, ella pensó que con esto sería suficiente, esto ocurrió en el 2006 y desde entonces no recibimos notificación por parte de caja madrid hasta ahora que recibimos una carta informándonos de la nueva ley de reclamaciones por impago. ¿Nos acercamos a la sucursal y nos dicen que tiene un descubierto de 66? Por comisión de mantenimiento de la cuenta, nos han indicado que si pagamos la cantidad no sería necesario que presentáramos la declaración de herederos que con ir mi madre con el dni sería suficiente para cerrar la cuenta, yo les he indicado que no estoy de acuerdo en abonar ese importe y les he pedido una hoja de reclamación, no se si he procedido correctamente.

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Siento comunicarle, a mi manera de entender, que no valía con dejar la cuenta a 0.
Las entidades bancarias requieren de una serie de documentos que validan posteriormente los servicios jurídicos para ver si procede, o no, el cambio de titularidad de la cuenta o su cancelación (independientemente de si el saldo es positivo, etc).
En su día para hacer todo correctamente, en primer lugar habría que haber aportardo el Certificado de defunción y acompañar carta solicitando que se informe a los herederos legales, de los saldos existentes en la cuenta a fecha de defunción.
Con la carta recibida por la entidad hay que adjuntarla notarialmente en la declaración de herencia, de herederos y posteriormente realizar el Pago del Impuesto de sucesiones (dfependiendo de la Comunidad Autónoma).
Una vez se tenga toda esa documentación el banco procederá a analizarla y determinar a quien corresponde dicho saldo. Posteriormente el titular puede introducir a los apoderados que considere o proceder a su cancelación.
Le informo que si ahora se acredita todo lo que le comentado y hablando legalmente, los herederos legales tienen la misma potestad legal para solicitar la misma información que el titular hubiera preguntado en vida.

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