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Estimado Apasci:
En la normal practica bancaria, todos los plazos fijos se renuevan siempre tacitamente salvo que el producto indique lo contrario. En todos los contratos de plazo se indica siempre que "se renuevan salvo orden en contrario". Por eso, que yo sepa, el Banco no está obligado a comunicarle el tipo de interes al que se lo renuevan.
Ahora bien, en todo contrato existen dos partes. El Banco intentara siempre renovar al minimo tipo posible para pagarle menos y ganar ellos mas. El cliente, naturalmente, hara lo contrario para percibir mas interes por su dinero. Ambos, Banco y cliente, obran pues legitimamente en defensa de sus propios intereses
Si el tipo de interés al que su Banco le ha renovado el plazo vd lo considera mas bajo o menor que el que desea, tiene la opcion de pactarlo al alta con ellos. Si aun y asi el Banco no le ofrece el tipo deseado o en otra entidad le ofrecen otro netamente superior, pida que le cancelen su plazo. El banco lo hara generalmente siempre que no hayan pasado mas de 15 dias. Eso sí, seguramente no le pagaran intereses desde el dia de la renovacion hasta el dia que lo cancelen.
Si tiene mas dudas pregunteme, si no es asi cierre y puntue. Un saludo
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