Titularidad vehículo y tomador seguro

He comprado un coche nuevo y el viejo se lo voy a regalar a un sobrino. Mi consulta es la siguiente:
¿Es obligatorio cambiar la titularidad del coche?
Por lo que he estado viendo, el cambio de titularidad puede suponer un coste de unos 100 € (tasa más impto.transm.patrimoniales). Al tratarse de un familiar me estoy planteando darle el coche sin más, permaneciendo el coche a mi nombre. Lo único que haría sería que en el seguro apareciera yo como propietario del vehículo y mi sobrino como asegurado.
¿Es posible? ¿Alguna recomendación?

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Respuesta
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NO. No tiene ninguna obligación de transferir la titularidad del vehículo a su sobrino.

Se lo puede dejar el resto de su vida si quiere, como el que deja un mueble.

Ahora bien, cuando ud fallezca, será un patrimonio sujeto a la herencia.

Por otro lado, en lo que al seguro se refiere, lo pueden asegurar perfectamente.

Lo correcto sería:

El TOMADOR:

Puede ser Ud. o su sobrino

El tomador es quien asume las obligaciones del contrato, y sobre todo quien se obliga a pagar la prima.

Puede contratar cualquier persona con un interés legítimo.

En este caso, AMBOS tienen dicho interés, por tanto, pueden asegurarlo ambos.

Pero le recuerdo que la obligación de asegurarlo es siempre del propietario.

Dado que el vehículo es de Ud., le aconsejo que controle Ud. el seguro, es decir, que sea Ud. el tomador, no sea que su sobrino se olvide de asegurarlo y luego tenga Ud. responsabilidades por la propiedad del mismo

El ASEGURADO:

En autos, el asegurado es el titular del objeto que se asegura, es decir, Ud.

Por tanto, mientras sea Ud. titular, debe indicarse que es Ud. el Asegurado.

El CONDUCTOR habitual:

Lo correcto sería que se indique como conductor habitual a su sobrino, puesto que él será el conductor habitual.

No obstante, hay aseguradoras que permiten poner dos conductores, es decir, el conductor habitual y el ocasional (un segundo conductor).

Para estar mas tranquilos y vista la posibilidad de que Ud. utilice el vehículo algún día, podría poner como habitual a su sobrino y ud. como segundo conductor.

Ahora bien, si su sobrino es joven o con pocos años de carnet, el precio subirá, no obstante, si es él quien lo conducirá habitualmente, lo más indicado es que conste como conductor habitual (o cuando menos, ocasional), pero cuando menos, que conste, porque si es joven o con pocos años de carnet podría ocurrir que su póliza figurase establecida alguna exclusión o limitación en dicho sentido, de manera que si él ocasionase daños, podría ocurrir que algunas coberturas no fuesen de aplicación, u otras repercutibles contra Ud.

En definitiva, es muy importante hacer constar en póliza como conductor habitual o como segundo conductor a su sobrino..

Otra aclaración:

Si el vehículo ya tiene seguro, puede continuar con él, pero debe comunicar a su aseguradora la existencia del nuevo conductor habitual (su sobrino) dando su nombre, nif, fecha nacimiento y fecha expedición de carnet, a fin de que hagan un suplemento de inclusión de segundo conductor (o de modificación del conductor habitual, es decir, Ud. por su sobrino), de manera que en el contrato figure también su sobrino como conductor habitual, o como segundo conductor.

¡Que suerte tiene su sobrino!

Salud.

Cris.

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