|
En cualquier caso, independientemente de quien pague, cobrarán el importe quienes sean declarados herederos legales del fallecido, salvo que en la póliza indique con nombre y apellidos a uno o varios beneficiarios.
Normalmente, son los herederos legales quienes cobran la diferencia del importe que cuesta el sepelio del capital asegurado. Si existe divorcio y esta hija es la única heredera del fallecido, será la tutora de ésta (en este caso su madre, a pesar de que esté divorciada) quien deberá gestionar el cobro del seguro.
Es complejo pero es sencillo a la vez. Lo mejor es que se llame a la compañía con el número de póliza y se consulte quien aparece como beneficiario, aunque en el 90% de los casos, como te digo, son los herederos legales, que en este caso entiendo que es la hija (y si hubiera más hijos, a partes iguales).
Espero haberte ayudado,.
Un saludo
|