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Estimado Sr. Febear.
En primer lugar, habría que ver si tratándose de menores no queda cubierto este aspecto (accidente de tráfico) por la Seguridad Social. En caso de que no quedara cubierto, el progenitor del menor deberá hacerse responsable de la estancia hospitalaria y presentar la oportuna demanda contra el padre del menor que le prestó el ciclomotor sin seguro a su hijo por los daños y perjuicios dimanantes de la Responsabilidad Civil del Propietario.
En segundo lugar, respecto de las responsabilidades, el propietario del vehículo asume la responsabilidad civil del accidente por prestar el vehículo a un menor (sin/con permiso) asi como del hecho de que éste menor (su hijo) preste el vehículo a un amigo. Es probable que si el ciclomotor está asegurado el seguro corra con los gastos correspondientes por la cobertura de RC (Responsabilidad Civil). En caso de que el vehículo no esté asegurado, si los padres del menor ponen una demanda, quedarçá diréctamente afecto por la correspondiente demanda de daños y perjuicios y en caso de ser declarado culpable responderá patrimonialmente de los daños causados al menor asi como de los daños materiales que hubieran podido producirse.
De todos modos, pese a todo, entrar en litigios es una loteria y pese a tener una razón moral de peso deberá enfrentarse al abogado contrario que tratará por todos los medios de eximir al padre del menor.
Si lo que quiere la persona es que este caso no le cueste dinero, ya le puedo indicar que si se lo va a costar (otro cantar será el que lo recupere o no a futuro). Asi mismo, existe una responsabilidad del menor que teniendo más de 14 años ya tiene discernimiento para saber a que se expone y por tanto, si existe un cierto nivel de responsabilidad paterna lo cual implica que los gastos, a mi juicio, debieran de ser compartidos.
Reciba un cordial saludo
Jaime Feiner
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