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Multa por carecer seguro obligatorio

Experto:
Usuario:
Fecha: 07/04/2008
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Derechos y deberes
03/04/2008
motero61, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
Quisiera la opinión de un experto de cómo se debe de actuar frente al siguiente problema, y digo problema porque cuando la administración se "acuerda" de alguien mal empezamos. El hecho en cuestión es el siguiente:
Ayer (02/04/2008) recibo una carta certificada de la JPT de Jaén la que se me anuncia una resolución sobre un hecho denunciado con fecha 05/07/2007 relacionado con "carecer del seguro obligatorio el vehiculo reseñado para cuya conducción se exige el permiso de la clase B" por valor de 800,00 ?.
Pues bien, esta es la primera notificación de la que tengo constancia y lo más sorprenderte es que el vehiculo en cuestión permanece en un garaje en Madrid desde hace varios años y no se ha movido, por lo que entiendo que es un error.
Yo en un principio he pensado en ponerme en contacto con la JPT para que me aclaren la situación, ya que supongo que algún agente habrá realizado la denuncia "en mano" (porque si hubiese sido a través de un radar existiría, además, otra sanción) por lo que algún tipo de identificación del conductor debe de haber.
No se si esta es la manera apropiada de actuar, porque además entiendo que habría otros motivos para solicitar la resolución del expediente (Falta de identificación del tipo de sanción en cuanto a su gravedad, prescripción, jurisprudencia del TS, ..) pero me preocupa el hecho en cuestión.
¿Alguien puede asesorarme?. Gracias por adelantado.
03/04/2008
motero61, experto respondiendo en Derechos y deberes
Experto
Hace poco un amigo mío recibió una sanción similar por un vehículo desguazado hace veinte años, aunque ya se sabe que mal de muchos consuelos de tontos.
No recomiendo ninguna gestión personal, en raras ocasiones surte efecto, hay que poner el oportuno escrito en el que se manifiesten todas las cuestines que se consideren oportunas y que puedan ser eficaces. En el caso que comento así lo hice y aún estoy esperando respuesta, tampoco han intentado cobrar la multa.
04/04/2008
motero61, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
A tu juicio, cuales creees que deben ser las cuestiones oportunas en función a su posible eficacia.
Además del hecho concreto, crees que debo de hacer referencia a prescripción de la sanción por no haber tenido constancia anterior de la apertura del procedimiento administrativo sancionador comenzado por la denuncia.
No se si en este momento del proceso se pueden realizar alegaciones, ya que la resolución que me mandan no indica de forma expresa si pone o no fin al procedimiento administrativo, como la de pedir el boletín de denuncia para verificar la identificación del agente, su firma y demás aspectos formales que debe de contener la misma. En caso contrario entiendo que se puede argumentar indefensión para formular alegaciones y proponer las pruebas oportunas.Por otro lado, en la red he visto que el Tribunal Supremo ha anulado un artículo del Reglamento de Responsabilidad Civil y Seguros de Vehículos a Motor en el que se imponían multas de hasta 3.000 euros a todos aquellos conductores que circularan por las carreteras sin el seguro obligatorio del vehículo por cuestiones de forma según una sentencia de la Sala Tercera del Supremo, que fue publicada en el BOE.
Gracias por tu complicidad
04/04/2008
motero61, experto respondiendo en Derechos y deberes
Experto
Desde luego poner un escrito con las debidas formalidades recurriendo la sanción por indefensión, y falta de culpabilidad ya que no se acredita que el vehículo se encontrara circulando , puesto que un vehículo depositado en un garaje  no constituye riesgo para el tráfico.
Cuando hablo debidas formalidades me refiero a presentar el escrito con su copia para constancia, ya sea en la JT o en la delegación del Gobierno
07/04/2008
motero61, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
Quizás no me he explicado bien, el escrito que me manda la JPT de Jaén incluye datos relacionados con el lugar de la denuncia (vía J 5011), P. Kilométrico (7), hora, etc.
Pensando en el tema, cada vez lo entiendo menos, a mi sólo se me ocurren dos posibilidades para poner una multa, una que te pare un agente y al pedirte todos los papeles verifique in situ que el vehiculo circula sin seguro obligatorio por lo que debería de haber inmovilizado el vehiculo, y dos, que te la pongan por captación de algún radar, con lo cual además de esta multa debería de existir otra sanción más por exceso de velocidad o vete tu a saber. ¿Te sugiere algo este desarrollo de ideas?
Como tengo que responder a la JPT de Jaén, había pensado en enviar el recurso por correo certificado ¿Esta opción es válida ya que vivo en Madrid?
Muchas gracias.
07/04/2008
motero61, experto respondiendo en Derechos y deberes
Experto
El asunto tal como lo cuentas es muy similar al que yo te contaba, salvo la "pequeña diferencia" del vehiculo edesguazado.
Para remitir un escrito oficial entre distintas ciudades el sistema mejor es llevarlo al Registro General de entrada de documentos, con su copia para que te la sellen, de la DElegación del Gobierno. Para remitirlo por correo certificado deberás llevar el sobre abierto para que Correos certifique el contenido y te selle la copia.
07/04/2008
motero61, usuario preguntando en Derechos y deberes
Usuario
Muchas gracias por tus respuestas
Por casualidad no tendras copia del escrito que mandaste para que me sirva de patrón?
En cualquier caso gracias
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