INTRASTAT, Mod. 349

Quería consultarles un caso que me sucede:
Una Empresa A ha importado una mercancía y se supone que hace todos los tramites a efectos de aduanas, Iva, Intrastat, etc ; de esta mercancía, una parte se la vende a una Empresa B (establecida en Holanda y sin NIF en España) y sin llegar a salir la mercancía de España, esta Empresa B se la vende a la Empresa C.
Mi pregunta, si me pudieran ayudar es :
En el caso de la Empresa C ¿Cómo debe declarar el IVA, tiene que recogerlo al hacer el Intrastat, y el 349?
Muchas gracias

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A ver, siempre que la mercancía este en puerto franco, es decir sin entrar en el país destino la transacción puede realizarse si IVA dado que los impuestos se deben pagar en el momento en que esta meracancia entra en cualquier país.
Entiendo que en el supuesto que tu planteas la empresa C debe hacerse cargo del IVA si quiere entrar la mercancía dentro del país destino declarándolo en el modelo 349.

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