Impuesto transmisiones patrimoniales

Mi duda es la siguiente, a la hora de pagar este impuesto, ¿la base imponible es al valor de la compra-venta o el valor declarado en la escritura? Y si el valor de la compra es inferior al tasado, ¿cuál prevalece?, porque tengo entendido que puede haber revisiones por parte de Hacienda en caso de divergencia entre le valor declarado y el real.
Muchas gracias por tu ayuda

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Para Hacienda el valor de la transmisión es -como mínimo- el valor catastral multiplicado por un coeficiente que depende de cada ciudad: pregunte a cualquier notario de la ciudad donde se ubique el inmueble. Si Vd. pone menos en la escritura, tendrá una liquidación complementaria realizada por la administración, de la que se puede devengar el pago de sanciones e intereses según los casos. Si pone exactamente el resultado de la multiplicación no tiene porque pasar nada y si pone más, pagara el impuesto sobre la cantidad declarada.

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