Vivienda VPPL

Formo parte de una cooperativa de VPPL. Tenemos concedida la calificación definitiva emitida por la CAM y solicitud de primera ocupación, presentados los requerimientos solicitados tras la inspección de Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid. Solo nos faltaría para obtener dicha licencia el OK del técnico nombrado a tal fin. Nos proponen firmar la hipoteca sin la licencia de primera ocupación y por supuesto sin poder ocupar la vivienda hasta obtenida ésta. Se nos plantean varias cuestiones:
1. ¿Es aconsejable firmar la hipoteca sin la licencia de primera ocupación?
2. En caso de no poder firmar antes del 31 de diciembre ¿podríamos desgravarnos con la nueva ley que se aplica para 2011?
3. Si firmamos sin licencia de primera ocupación ¿correríamos el riesgo de que el IVA a pagar fuera el 18% y no el 8%?
Muchas gracias por anticipado y un saludo.

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Si la obtención de la LPO es cuestión de puro trámite y el edificio no tiene deficiencias graves, no veo problema en subrogarse antes de tener la LPO.
Podéis tener problemas sobre la desgravación, salvo que los vencimientos se refieran a 2010 aunque se paguen en 2011. Es cuestión de que aclaréis con la Entidad cómo van a realizar la declaración a la AEAT, con el fin de no generar discrepancias en la declaración de la renta, y si podéis, que se impute a 2010. El modelo de declaración se cumplimenta en enero, así que tenéis que estar atentos.
Sobre el pago de IVA, por los datos que me dices, se trata de una primera transmisión que no está sujeta a IVA sino al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, cuya gestión y tipo impositivo está delegado a las Comunidades Autónomas.
Espero que te haya servido mi orientación y te ruego que puntúes en consecuencia.

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