Embargo con reserva de dominio

Tengo un coche financiado con el banco que creo que tiene reserva de dominio, las letras del coche las llevo al día.
Pero debo a otras entidades unas tarjetas y prestasmo personal, de entre 1000-2000 euros las tarjetas y el préstamo 7000 euros.
Tengo trabajo fijo y se que me pueden embargar la nomina, pero ¿me podrían embargar el coche si tiene reserva de dominio?, o hasta que no pague el coche al banco no podrían, aun me quedan unos 15000 euros del coche por pagar.
Si no tuviera reserva de dominio, es rapido el proceso, es que el coche me es imprescindible para poder ir a currar, ya que no esta comunicado por transporte.

2 Respuestas

Respuesta
1

No se puede anotar embargo

INFORME Nº 115. (BOE ABRIL -2004)

  1. Anotación de embargo sobre bien mueble con reserva de dominio. R. 16 de marzo de 2004, DGRN. BOE del 23 de abril de 2004.

Según la DG, no cabe la anotación de embargo en el Registro de Bienes Muebles cuando los bienes que se pretenden embargar estén afectados por una reserva de dominio y la demanda se dirija frente a persona distinta del beneficiario de la reserva de dominio; salvo que se limite el embargo a la posición jurídica del comprador, o a los derechos que éste ostente sobre el bien embargado. Interpreta en tal sentido la Ordenanza de 19 de julio de 1999 del Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles

Lo anterior se aplica, aunque el demandante sea el propio beneficiario de la reserva. Éste, para protegerse, puede acudir, en vez de a este procedimiento, al procedimiento especial previsto al respecto por la Ley de Enjuiciamiento Civil para la recuperación de bienes con reserva de dominio inscrita en el Registro de Bienes Muebles. (JFME)

Enlaces: BOE. UA.

Respuesta
1
Si tiene reserva de dominio pueden poner nota de embargo pero no pueden ejecutar hasta tanto no se levante la reserva.
Si algo te embargan empezarán por la nómina porque es más fácil

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas