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Alquiler de local mediante sociedad

Experto:
Usuario:
Fecha: 04/11/2009
Valoración: (5,00 sobre 5) Categoría: Dinero y Servicios
04/11/2009
luisamf, usuario preguntando en Dinero y Servicios
Usuario
Hola, somos dos amigos que tenemos al 50% un local comercial alquilado por 500? al mes. Siempre lo hemos declarado los dos como personas físicas, tributando en el IRPF como rendimientos de capital mobiliario, pero ahora en Hacienda nos han dicho que deberíamos tener una sociedad. La verdad es que no entendemos en que nos beneficia constituir una sociedad, ni que tipo de sociedad sería (limitada, civil...), pues cualquier mínimo gasto, se va a llevar los pocos beneficios del alquiler. ¿Nos interesa realmente formar una sociedad, cual sería y qué gastos tendría? ¿Porqué dice Hacienda que deberíamos tener una sociedad?. Muchas gracias.
04/11/2009
luisamf, experto respondiendo en Dinero y Servicios
Experto
 
Hola luisamf:
Cuando dices que hacienda te dice, a quien te refieres? es decir hacienda os a enviado alguna carta o os a requerido para algo? o simplemente esto os lo dijo un funcionario de ventanilla?  No entiendo por que teneis que constituir ninguna sociedad para esto, una sociedad resulta muy cara en constitucion, altas de autonomos, gestores, etc solamente para alquilar un local.  Me imagino que estareis haciendo recibos con iva y luego pagando ese iva a hacienda no?, es que no he entendido muy bien a santo de que teneis que tener una sociedad. Mucho me temo que la persona que os informo no sabia exactamente vuestras circunstancias.
Espero que tengas suerte
Un beso
04/11/2009
luisamf, usuario preguntando en Dinero y Servicios
Usuario
Hola Aurora,
efectivamente estamos haciendo recibos con el 16% de IVA y deduciendo la Retención del 18%. El comentario lo dijo una funcionaria de venanilla, ya que tuvimos que personarnos a causa de que Hacienda nos tenía retenidas las devoluciones del IRPF de este año y me mandó una carta con una declaración paralela donde no me incluian la deducción por la retención, ya que según ellos se lo atribuían todo solo a uno de los dos (lo cual es el primer año que nos pasa...), hasta que lo aclarasemos en persona (tuvimos que llevar recibos mensuales y el contrato para que lo confirmaran). Entonces después de aclararlo, dijo que lo mejor para que no volviera a repetirse esta situación es que hicieramos una sociedad, pero la verdad es que nosotros pensamos lo mismo que nos has contestado, que resulta muy caro y a nosotros no nos interesa en absoluto. Si nos vuelven a retener la devolución del IRPF, pues habrá que esperar unos meses y aclararlo de nuevo, no? O ves alguna otra opción?. Y que habría pasado si el inquilino no hubiera hecho sus pagos a Hacienda (que era lo que nos temíamos)? Hacienda nos dejaría incluir la retención por el arrendamiento en nuestra declaración o lo perderíamos? Muchas gracias por la rápida contestación que nos has dado.
 
04/11/2009
luisamf, experto respondiendo en Dinero y Servicios
Experto
Hola nuevamente:
Me imginaba que la fantastica solucion te la habia dado un funcionario de ventanilla. No le hagas ni puñetero caso, por que esta claro que tiene las nociones justas.  Que hacienda se equivoque en grabar la informacion y ponga una retencion a otro, ocurre muchas mas veces de las que crees. Se te requiere, presentas los papeles y se soluciona. Te pasaria exactamente igual (no tiene por que ocurrir siempre) si fueras una sociedad, con las sociedades tambien tienen sus "lios" no te creas. Tal como lo haceis es como se tiene que hacer, sois dos personas fisicas que alquilais un local que os pertenece a titulo personal otra cosa seria que tubierais 24 locales para alquilar, ahi si os convendria una sociedad, pero en esta caso es absurdo e inecesario. Si vuelve a ocurrir la solucion seria la misma, pero no tiene por que volver a pasar.  A la otra preguta de que pasaria si tu inquilino no hubiera hecho sus pagos, es un problema que para nada te perjudica o te daña a ti. Mientras tu declares lo tuyo y pages los impuestos que te corresponden hacienda no te puede hacer nada, si el inquilino incumple y no paga los suyos, igual que si no declara el iva de su sociedad o no pagara a la seguridad social, etc este estamento le embargaria para cobrar su deuda que en ningun caso es tuya. No obstante seria raro que no declarara el alquiler puesto que para el es un gasto que se puede desgravar. Pero la respuesta es que lo que el page o no page le sera reclamado a el siempre en ningun caso a ti que si has pagado lo tuyo, esas retenciones se te incluirian puesto que tu si las has pagado (a traves de el, aunque el no las ingrese)
Espero que tengas suerte
Un beso
04/11/2009
luisamf, usuario preguntando en Dinero y Servicios
Usuario
Muchas gracias por la rapidez de la respueta y la claridad de la misma.
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