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Hola amliri:
Hay una gran diferencia de impuestos y de gastos si la vivienda que vende es la vivienda habitual y el dinero de la venta se destina a otra vivienda habitual. Si es este el caso esta exento de pagar a hacienda el 18% del beneficio. Si este no es el caso, los impuestos que corresponde pagar al vendedor son estos:
mpuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (Conocido como "plusvalía") Este impuesto grava el incremento de valor que experimenta la vivienda desde su compra, hasta el momento de la venta. Su valor depende de muchos factores y varía en función del ayuntamiento en el que se encuentra la vivienda, siendo por lo general más elevado cuanto más tiempo haya estado el inmueble en propiedad del vendedor. El pago de este impuesto corresponde al vendedor. Para saber el importe exacto debera consultarlo con su ayuntamiento.
2. El 18% que hay que pagar, hay que hacerlo sobre el beneficio generado. Este beneficio se calcula por la diferencia entre el valor de compra actualizado por coeficientes, en dicho valor entran impuestos de compra, notarios, agencias, ...) y el valor de venta menos la plusvalía municipal.
La plusvalía municipal no va en función del estado o años del edificio, va en función de los años que ustedes han tenido ese inmueble y del tiempo que el suelo/terreno ha ido incrementando de valor. Es decri debera restar el precio de compra con el precio de venta y la diferencia es el beneficio que usted a obtenido, de ese beneficio debera pagar el 18% a hacienda.
Si el piso que usted vende tiene hipoteca, debera tambien calcular cuanto le cuesta cancelar la misma.
Espero que tenga suerte
Un beso
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