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La Ley de la Declaración de la Renta, exige para desgración fiscal por compra de primera vivienda, la compra en si, mas las posibles AMPLIACIONES que se hagan en la vivienda.
Si se toma un préstamo superior, y se utiliza parcialmente en la AMPLIACION,debe prorratearse la parte empleada para este fin, de forma que se desgravará sobre la parte utilizada en la vivienda.
Efectivamente, la Agencia Tributaria, puede observar alguna posible irregularidad y preguntar, para lo cual habrán de tener las facturas que justifiquen su gasto y no pasará nada.
Hacienda sanciona si no se cumple la Ley. En otro caso no lo hace, es mas, incluso puede que les ayude en algo si lo necesitan.
Saludos y suerte.
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