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salvo que esteis en algun regimen de vecindad civil o foral especial por razon de vuestro matrimonio, LAS HERENCIAS SON BIENES PRIVATIVOS por eso solo se puede poner a nombre de tu esposa, que es la heredera forzosa, ahora bien las deudas, efectivamente tambien se heredan y una hipoteca lo es.
tu no tienes ninguna obligacion de METERTE EN ESA HIPOTECA ni como TITULAR Y MUCHO MENOS COMO AVALISTA (de esta ultima manera ademas os van a crujir con los impuestos, consultarlo), si el banco tratandose de una herencia SE NIEGA A ACEPTAR A TU ESPOSA COMO UNICA DUDORA DE LA MISMA dada su condicion de heredera forzosa pues lo unico que sucede es que LOS RECIBOS DE LAS CUOTAS DEL BANCO SEGUIRAN SALIENDO a nombre del anterior titular de esa hipoteca, NO PASA NADA porque entiendo que como no es vivienda habitual no os vais a desgravar del pago de esa hipoteca y MIENTRAS SE SIGA PAGANDO PUNTUALMENTE no pasara nada porque el banco nada podra reclamar. si os quieren cambiar la cuenta donde se paga, pues bien y si el banco no quiere, pues no canceleis la cuenta por donde se esta pagando y seguis ingresando en ella.
el hecho de que la pagueis los dos ,por razones de los ingresos familiares que obtengais no te da ningun derecho sobre la propiedad y si te obliga ante el banco cosa que si tu no firmas obviamente ya entiendo que no permitiras que tu esposa pierda esa propiedad por no pagar y que seguireis haciendole frente de vuestros ingresos comunes.
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