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yo no conozco la hipoteca puente, no se de donde ha salido semejante definicion.vd. tendra que subrogar el prestamo o si renuncia a escriturar la vivienda ,correr el riesgo de perder el dinero entregado (es lo que normalmente suelen poner las promotoras en sus contratos).
soluciones, no se de que importes hablamos ni se que capacidad de pago tiene vd. pero una de ellas es,HIPOTEQUE VD. SU ACTUAL VIVIENDA, (que entiendo no esta hipotecada) pague la nueva al contado y cuando venda la suya con el dinero que saque cancela esa hipoteca y listo.
habra trasladado el importe obtenido de una vivienda a otra mediante esta maniobra, normal por otra parte.
otra solucion es a la contra. anticipedse vd. a la jugada vaya al banco de la promotora y exponga la situacion (aunque quede bastante tiempo para la entrega) para ver si cuando se la entreguen le pueden subrogar aplicandole un periodo de CARENCIA TOTAL en el que no se paga ni interese ni capital por ejemplo en18 meses para que le de tiempo a vender su vivienda y cuando la venda pues incluso amortiza una buena parte de esa hipoteca y ademas puede empezar a pagar cuotas sin necesidad de esperar los 18 meses, si es que la venta se ha producido antes.
eso si. los intereses aunque no se abonen mensualmente durante ese periodo no quiere decir que no se devenguen y cuando vd. venda la vivienda los tiene que pagar todos juntos por los meses transcurridos, de todo el capital debido.
para que no se acumulen, tambien puede optar por durante ese periodo de carencia PAGAR SOLO INTERESES, la mensualidad sera mas llevadera y evita el susto final de pagarlos acumulados.
lo siento pero es que no hay muchas mas formulas.
suerte
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