Inicio > Hipotecas > nacholon > hipoteca puente

hipoteca puente

Experto:
Usuario: Anónimo Fecha: 25/03/2008
Valoración: (4,00 sobre 5) Categoría: Hipotecas
24/03/2008
Usuario
Hola, mi preguenta es la siguiente, tengo una casa tasada en 90 millones de las antiguas pesetas , con una hipoteca de 28 millones, por cuestiones de trabajo me tengo que trasladar de provincia , y la casa que me gusta en un pueblecito es mucho mas barata o sea que me cuesta solo 45 millones, pero hasta que no venda la mia no puedo hacer frente a dos hipotecas, me han ofrecido hacer un prestamo puente, pero tengo entendido que para este tipo de prestamos se necesita hipotecar las dos casas, la cual cosa me da miedo , pues cuandpo pase la carencia si no he vendido me encuentro pagando dos hipotecas igualmente, mi pregunta es si se puede hacer una hipoteca puente hipotecando solo la casa actual, pues si sumo los 28 que debo mas los 45 de la casa nueva mas los gastos aun no llego al precio de tasacion de mi vivienda actual y haciendolo asi me quedaria la casa nueva limpia de hipoteca.y en caso de no vender y no poder pagar no me podrian embargar la casa nueva.¿es posible hacer esto?
Muchas gracias.
25/03/2008
andreu65, experto respondiendo en Hipotecas
Experto
efectivamente, pero no es una hipoteca puente, es sencillamente una novacion con ampliacion del importe de la que ya tienes, por lo que indicas estarias alrededor de un 80% sobre la tasacion de la actual, obtendrias la liquidez, pagas la nueva al contado y se termino
ahora bien eso supone empezar a pagar una cuota sobre los 73 millones desde el minuto 1 del partido, tienes otra solucion, y es hacer una 2ª hipoteca (en vez de la ampliacion) por los 45 millones, planteandole al banco que en esta te conceda una carencia total por ejemplo por 24 meses, es decir no pagarias nada de este segundo prestamo hasta dentro de dos años (si vendes antes la vivienda pagas los intereses que se hayan producido  y cancelas toda la deuda. quiza esta sea la solucion que andas buscando, y es una opcion que en el banco te la pueden facilitar, con los consiguientes gastos como cualquier otro prestamo.
lo que nunca te van a consentir es que no abones nada hasta que vendas porque efectivamente si nos ponemos en lo peor y no has vendido en cinco años el banco quiere cobrar y un plazo de carancia de 24 meses debe de ser suficiente y el banco lo asume.
25/03/2008
Usuario
Muchas gracias , me ha sido de mucha ayuda.
Enlaces patrocinados