|
Cuando vendemos una vivienda con la que no realizamos una actividad económica, podemos tener una plusvalía que se calcula por diferencia entre el precio de venta y el de compra.
Sobre esta plusvalía tendremos que pagar impuestos en un porcentaje que puede ir desde el 15% de la plusvalía o beneficio obtenido si hemos tenido el inmueble en nuestro poder más de un año, o en el peor de los casos, hasta un 45%, si hemos tenido el inmueble menos de un año y tenemos muchos ingresos.
No obstante, para calcular esta plusvalía o beneficio obtenido en la venta del inmueble, el precio de coste del mismo debemos multiplicarlo por un coeficiente que dependerá de la fecha en que hayamos comprado el inmueble, y que en definitiva servirá para reducir la plusvalía real obtenida en el importe estimado de la inflación, de tal forma que sólo paguemos impuestos por los beneficios reales.
Además deberás pagar la llamada plusvalía municipal, donde el tipo impositivo depende de cada ayuntamiento. Deberás preguntar en el tuyo.
Saludos
|