¿En qué consiste un traspaso?

¿En qué consiste exactamente un traspaso? Hay distintas modalidades o solo existe un tipo de traspaso.

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Traspaso. Explicación simplista (Hay otras más complicadas):
Es la cesión con precio de un derecho de explotación o uso de una finca o negocio, de una persona (cedente, viejo inquilino) a favor de otra (el nuevo inquilino), quien se subroga (se hace cargo) con las mismas condiciones y por el mismo tiempo que le quedaba al cedente. Como ves pueden ser personas físicas o jurídicas (empresas, etc).
También se le dice al dinero que se paga como precio de ese derecho.
Es muy usual traspasar el derecho de alquiler de un local a favor de un nuevo inquilino y éste paga algo como compensación por la buena situación del local, por las mejoras realizadas, por las buenas condiciones en el alquiler, etc.
El arrendador (para entendernos le diremos propietario) tiene derecho a cobrar una parte de ese traspaso y a elevar la renta. (Ver contrato original o, si no dice nada, la Ley bajo la que se arrendó (LAU/94 o Leyes anteriores).
Falsos "traspasos": También suelen incluir el valor del inventario y maquinaria que se deja, pero esto NO FORMA PARTE del traspaso, pues en realidad lo que se hace una venta de artículos, generalmente "usados" o de 2ª mano. Otras veces, es el propietario el que os alquila directamente y pide un "Traspaso", pero tampoco lo es. Lo que está pidiendo en realidad es un más importe del alquiler al contado (si no da nada a cambio) o vendiendo un mobiliario u otros artículos que él tenga en el local. Estos falsos traspasos no son ilegales, pero no hay que confundir Merinas con ..., y fiscalmente y a la hora de pleitos, etc. tienen trato y consecuencias diferentes del traspaso.
Lo usual es traspasar una actividad con el local donde se realiza. El ejemplo más conocido: Paco tiene un bar en un local de Antonio. Manolo se queda con el bar (negocio y local) y la mercancía y máquinas (inventario) y paga a Paco por euros, de los que una parte es por el FONDO DE COMERCIO (la clientela, el buen nombre, ...)l, otra por el INVENTARIO y la tercera por el TRASPASO del contrato de alquiler del local. Antonio recibirá de Paco un porcentaje de ésta última parte y firmará una cláusula de aceptación de la cesión a favor de Manolo quién, a su vez, firmará su subrogación y Paco su cesión.
Otra fórmula es que Paco renuncie y se haga un nuevo contrato, directamente entre, Antonio (el propietario) y el nuevo inquilino (Manolo), sobre todo si Antonio quiere renegociar las condiciones.
Saludos.
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