Problemas con un ex-trabajador

Hace aproximadamente 2 años paré un trabajador y la sociedad decidió no indemnizar debido a crisis en el sector, esta sociedad a la que pertenecí ya ha sido dada de baja y no tiene ningún empleado.

Yo hace 1 año aproximadamente decidí comenzar un negocio (yo solo) como autónomo y tres empleados, este antiguo empleado ha demandado a la anterior empresa y al ser declarada esta insolvente pide al juzgado que venga a mi negocio un administrador judicial con el fin de rendir cuentas mensuales y que además deberé pagar el salario de este administrador fijado en 600 €, a lo que el juzgado ha accedido, recibiendo ayer una notificación en el que nombra a un administrador judicial. Esta empresa nueva que tengo poco o nada tiene que ver con la anterior, las cartas siguen llegado del juzgado a nombre de la anterior empresa pero al domicilio de la nueva (ya que donde tengo ubicada mi nueva empresa, antes pertenecía a la anterior).

Me gustaría saber ¿qué es exactamente la función del administrador del que hablan?, ¿Si va a venir todos los días a mi negocio?, Si pueden hacer esto, puesto que le he escrito al juzgado dentro del plazo de 3 días que indican como modo de impugnación, aclarándoles que la empresa anterior NO SIGUE FUNCIONANDO (así en mayúsculas), y también les he enviado documentación oficial referente a la baja de la actividad.

Por último me gustaría que me informaran cual debería ser mi siguiente paso para evitar que vengan a "liquidar" mi nuevo negocio, ¿cómo debo actuar cuando llegue a mi negocio el administrador judicial con una orden de una empresa que no se corresponde a la actual? Porque, en mi empresa actual no tengo temas pendientes con ningún trabajador ni tampoco deudas.

Respuesta
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La situación que describe usted me resulta un poco confusa. Un "administrador judicial" como dice usted, podría ser un "administrador concursal", ¿es así? Desconozco el tipo de procedimiento en el que está involucrado. ¿Es un Concurso de Acreedores necesario?

Si este fuera el caso, está usted tocado y casi hundido, si no paga a su trabajador. Aunque usted haya dado de baja la sociedad, sigue siendo, en virtud de su cargo como administrador, responsable de lo que hizo cuando estaba vigente.

No le están reclamando por lo que ha ocurrido cuando usted la dio de baja, sino por lo que ha hecho antes de su baja. Si usted estaba en situación de insolvencia, su obligación era instar concurso voluntario de acreedores. Si no lo hizo, cometió el mayor error, que puede que pague ahora.

La mayor parte de los trabajadores, en una situación semejante a la que usted describe, pasa página y no se preocupa mas de cobrar o reclamar. Pero, a veces, toca alguno mas concienzudo.

Muchas gracias por su pronta respuesta.

En el documento remitido por el juzgado dice textualmente "[...]Administrador judicial que debe rendir cuentas a este juzgado mensualmente".

Por otro lado no estoy involucrado en un concurso de acreedores necesario por lo que entiendo sólo se trata de un despido improcedente al que el juzgado suma una situación de insolvencia a la anterior empresa.

Entiendo mi responsabilidad ante el ex trabajador frente a la anterior empresa (de la que eramos cuatro socios), pero lo que no entiendo es si pueden enviar ese administrador a mi actual negocio y lo mas importante ¿con que fin? quiero decir, ¿cual sería su función?

Muchas gracias y un saludo

Podría ser. Me pregunta usted muchas cosas y no tengo nada a la vista que me permita aconsejarlo. No sé que le ha llegado ni el tipo de procedimiento. No obstante, está claro que no tiene muy difícil llegar a esa información. Indique el tipo de procedimiento en el que está usted involucrado, como se llama el acto que permite al administrador judicial entrar en su sede, etc.

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