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Hola,
En el texto del Real Decreto 1229/2009, del pasado 31 de julio que modificaba el reglamento de los planes de pensiones deja bien claro que podrán rescatar su plan aquellas personas que estén en paro sin derecho a percibir prestación o que la hayan agotado.
Es decir, si estás en el paro y no cobras, tienes derecho a rescatar el plan de pensiones.
En el real decreto no se hace ninguna mención al estado en que pudieras estar cuando contrataste el plan de pensiones, sólo a tu situación actual.
Te lo tienen que dar, tienes que llevar un certificado del Inem como que estás inscrito como demandante de empleo y que no cobras.
Si en el banco no te hacen caso, escribe un email a "atenclie@gruposantander.com" y al defensor del cliente,
Jose Luis Gómez-Degano
defensorcliente@terra.es
Guardate copia del email por si tuvieras que reclamar después ante el Banco de España.
Saludos
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