Embargo de pensiones

Teniendo problemas de deudas con la S.S. De una empresa de la que era administrador, y habiéndome quedado sin nada con lo que hacer frente a dicha deuda, ¿podrá la S.S. Embargarme la pensión de jubilación cuando llegue el momento? , y si es así ¿En qué proporción?.
Así mismo, ¿está en peligro también un plan de pensiones que tengo?

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Si te podrán embargar parte de la pensión, si esta supera el SMI (salario medio interprofesional), que en estos momentos está en 624 euros.
Será un porcentaje sobre la cantidad que supere el SMI. El porcentaje se aplicará según el baremo que determina el art 607 de la ley de enjuiciamiento civil.
Por lo que el importe dependerá de tu pensión.
Cuando rescater el plan de pensiones, los importes rescatados serán contemplados como ingresos, por lo que también pueden embargar parte de ellos.

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