Error al modificar el borrador

Estoy intentando modificar el borrador para aceptarlo y me da el siguiente error, Errores detectados en su Modificación Una vez corregidos los errores, pulse Continuar para validar la información
Porcentaje del préstamo hipotecario sin contenido.

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Para incluir el porcentaje del préstamo debes pinchar en la casilla 700 y se te abrirá una nueva ventana, después pinchas en la 780 y se abre una ventana donde aparte de indicar las cantidades que has pagado en el año y si tienes derecho a la compensación. Un poco más abajo hay unas casillas para indicar "Datos adicionales", en las que tienes que indicar el número de identificación del préstamo (siempre y cuando la vivienda este financiada con un solo préstamo, no hay casillas para poner dos o más) y el porcentaje del mismo que está destinado a la adquisición de la vivienda. Este porcentaje no es el porcentaje de titularidad del préstamo si sois varios titulares, es el porcentaje que indica que parte de dicho préstamo es deducible: Lo normal será indicar 100% (bueno 100,00, que si no, no se lo traga), pero si en su día pediste mas préstamo de lo que te costó la vivienda o has ampliado el préstamo para otras cosas (incluso para reformas en la casa), dicho préstamo ya no sería deducible en su totalidad y aquí deberías indicar la parte del mismo que es deducible.

Gracias por tu respuesta, en que casilla se ponen los gastos de libros escolares, gracias.

En ningun sitio.

Cada año he incluido el gasto en libros escolares para mis hijos, vivo en Baleraes, espero tu respuesta, gracias.

Tienes razón, nunca he hecho una renta de Baleares y no lo sabía.

Los requisitos son:

1) Los libros de texto deben ser los editados para el desarrollo y la aplicación de los currículos correspondientes al segundo ciclo de educación infantil, a la educación primaria, a la educación secundaria obligatoria, al bachillerato y a los ciclos formativos de formación profesional específica.
2) Únicamente podrán tenerse en cuenta, a efectos de la aplicación de esta deducción, los gastos originados por los hijos que, a su vez, den derecho al mínimo por descendientes.

3) La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro del contribuyente menos el mínimo del contribuyente y el mínimo por descendientes, casillas 455 y 465 de la página 10 de la declaración y casillas 675 y 676 de la página 12 de la declaración, respectivamente, no supere las siguientes cuantías:
- 12.500 euros en tributación individual.
- 25.000 euros en tributación conjunta.

Para incluirlo en el borrador los debes colocar en la casilla 829, a la que puedes acceder a través de la 717.

Hola, gracias primero de todo, por otra parte, no me sale ni la casilla 717 ni la 829, no se donde entrar para encontrarlas, espero tu ayuda, gracias.

Hola, ya lo he encontrado es que como la casilla 717 no está por orden no la había visto, muchas gracias por tu ayuda.

De nada.

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