Libros e IVA

Buenas tardes.
Tengo una serie de dudas sobre IVA y como debo llevar los libros, espero que me pueda ayudar.
Tengo un pequeño negocio de librería-papelería y por el momento estoy en módulos, pero el próximo año ampliaré este negocio con la venta de material de manualidades y bellas artes y comenzaré una nueva actividad de enseñanza no reglada de la misma materia, así que me veo obligada a cambiar a estimación directa. He ido a hacienda a informarme pero me pasaron de uno a otro y al final salí con más dudas de las que llevaba. Me han dicho que tengo que mantener en las compras de mercancía el recargo de equivalencia, ¿debo entonces declarar también el IVA del comercio cada tres meses?.
Respecto a los tickets de ventas... ¿tengo que guardar el de cada venta individual o con el listado detallado que me sale al realizar el cierre de caja diario es suficiente ( ese listado sería por eje.: 24.11.2011 : 4 cuadernos... 3 bolígrafos... Con su correspondiente PVP y al final la suma del día con el desglose del neto total y de los diferentes tipos de IVA de las ventas del día)?.
He comprado en hacienda los libros de gastos e ingresos y me voy encontrando con varias dudas que me gustaría resolver antes de enero: ¿Una factura de gastos, en la que figuran dos tipos diferentes de IVA, cómo debo asentarla en el libro ya que sólo trae una casilla "tipo %" por línea?, ¿No se refleja en el libro de gastos el recargo de equivalencia pagado en las facturas de existencias?.
¿Es deducible todo el IVA de gastos sean existencias o compras para el negocio de cualquier otro tipo? Y ¿En pequeños gastos como por ejemplo las bombillas de luz o los productos para la limpieza... ¿es suficiente el ticket de compra o debe ser una factura?.
A la hora de cobrar las clases, ¿puedo hacerlo como cualquier otra venta, mediante un ticket o debo hacer algún tipo de recibo donde figuren los datos del alumno?.
Y por último quisiera saber donde puedo consultar qué tipo de IVA se aplica a cada producto o servicio ya que me encuentro con que desconozco algunos como por ejemplo el que se aplicaría a un servicio de fax, una encuadernación, una impresión ..., el de las clases que voy a impartir, etc.
Siento extenderme tanto en la consulta... Pienso que una vez que coja el ritmo será muy fácil porque es todo muy rutinario, pero para empezar me voy encontrando con muchas dudas.
Gracias por su tiempo.
Un saludo.

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En cuanto a su futura situación: en relación al IVA trimestral, SÍ, incluso con el recargo de equivalencia.
Un listado diario de facturación puede ser suficiente.
En principio, todo el IVA soportado es deducible (gastos relacionados con la actividad, correlacionados con los ingresos), salvo excepciones. Una factura puede tener 2 cuotas de IVA diferentes, a 2 tipos, y de esa forma debe ser introducida en el Libro de facturas recibidas.
Preferiblemente, facturas.
Los tipos de IVA viene recogidos en la Ley 37/1992 de IVA. Sin embargo, ahí aparecen de forma muy genérica. Existen respuestas a consultas de Hacienda con más detalle.
Podemos estudiar su caso con más detalle, y ofrecerle respuestas más concretas, señalándole la normativa para cada caso, para que tenga más seguridad. Póngase en contacto con nosotros, saludos,
www.asesorum.es/fiscal

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