Valoración fincas rústicas por herencia

Tengo que valorar las fincas rústicas por la herencia de mis padres, me ha dicho el notario que estoy exento de pagar el impuesto de sucesiones, mi duda es como valorar las fincas rústicas, conozco su valor catastral que es muy bajo, pero ¿no sería mejor valorarlas a precio de mercado para pagar menos impuestos el día que se vendan? ¿Si las valoro más alto en que me puede perjudicar? ¿El impuesto que se paga anualmente por las fincas se calcula por su valor catastral o por este nuevo precio de mercado?

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Aprovechando sus circunstancias, debería de darle un valor alto. De esta forma, efectivamente conseguirá pagar menos por ganancias patrimoniales en su IRPF.

La valoración que le asigne no afectará al IBI, el cual se calcula sobre el valor catastral.

En cualquier caso, debo advertirle que, a efectos de transmisiones patrimoniales y sucesiones, la Administración fija unos valores mínimos (algo más altos que el valor catastral) en base a los cuales calcular el impuesto correspondiente. Por ello, si fija un valor inferior a ese mínimo, como pudiera ser el valor catastral, es probable que le llegase una liquidación complementaria.

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El valor catastral es una cosa y luego el valor a efectos de liquidación de sucesiones es otro, no sé en qué comunidad vives yo soy de galicia y aquí en la xunta de galicia (bueno en tu comunidad si eres de otra sería junta de la comunidad que sea) ofrecen un servicio de valoración de bienes entre ellos fincas como las que tú describes cuando a mis clientes les liquido el impuesto lo que hago es introducir el valor que figura en dicho servicio ya que es lo correcto y me rijo a la normativa del impuesto, de esta forma no tendrás ningún problema a la hora de una posterior venta ya que si pones un valor más elevado del real pueden a la hora de la venta sancionarte por incluir dicho valor ya que realmente no es el que figuraba a fecha de adquisición ( en tu caso legado por herencia).

En resumen debes mirar en la página web de tu comunidad normalmente tienen un link para servicios disponibles y uno de ellos es el de valoración de bienes allí te aparecerá el valor que debes incluir para liquidar el impuesto.

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Si su intención es vender, puede valorar las fincas rusticas por un precio algo mayor... En todo caso, las comunidades autónomas, tienen unas tablas de valoración de que pueden ayudarle y serán el precio mínimo.

El impuesto se calcula por el valor catastral, no por el precio de mercado.

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Cuando presentes la declaración de herederos, a efectos de valoración Hacienda de tu CCAA te dirá qué coeficiente corrector tienes que aplicar para valorarlas y tienes que partir de la valoración que figura en el recibo de la contribución

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