Demostrar que se reside en la vivienda habitual

Desde hace tres años estoy residiendo en la que es mi vivienda habitual y por la que me desgravo en renta. En la renta del 2010 me pidieron certificado de empadronamiento u otros documentos que acreditasen que estaba viviendo allí. Yo no me había empadronado todavía porque equivocadamente creía que tenía 3 años para hacerlo y en tal caso estaba todavía dentro del plazo. En esa creencia me empadroné y les envié el certificado, donde figuraba la fecha de incorporación al padrón, es decir el día que lo entregue´. Como me dijeron que eso no me servía (mas bien lo contrario), tenía que aportar más datos, como, según ellos, facturas y contratos de suministros de electricidad, agua, teléfono, comunidad. Y lo mejor de todo certificado del Ayuntamiento,
He presentado facturas de cuando fui a vivir, así como un certificado del ayuntamiento que recoge el testimonio de dos vecinos que declaran ser cierto que resido de forma permanente en dicha vivienda. Ha pasado el plazo en el que me debían haber contestado y fui a reclamar es asunto. Dijeron que se les había traspapelado y que me lo solucionarían en breve. La solución es que me desestiman el recurso y me dan la opción de elevar el asunto al Tribunal.
Mi pregunta es suelen prosperar estos asuntos, quiero decir si dan la opción de acreditar que se reside en una vivienda (otra cosa es que no admitieran documentación adicional), qué otro paso puedo dar. He pensado ponerlo en manos de un gabinete asesor, pero es que mi preocupación aumenta por días. Es absolutamente cierto que vivo allí desde hace tres años y entiendo que debe existir alguna forma en la que me permitan probarlo.

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Según su versión, entiendo que existen pruebas fehacientes que acreditan la realidad de su situación. Habría que revisar la motivación de la Liquidación realizada por la Agencia Tributaria para ver el porqué deniegan tal inmueble como su vivienda habitual.

Ante la Liquidación que usted ha recibido, se abren dos vías de recurso:

- Recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto (la Agencia Tributaria)

- Reclamación ante el Tribunal económico-administrativo (órgano independiente)

Ante su asunto, recomendamos que recurra. Siempre existan más posibilidades de éxito con la segunda opción. Somo asesores fiscal, por lo que podemos redactar el recurso necesario. Póngase en contacto con nosotros, saludos,

www.asesorum.es/fiscal

[email protected]

Muchas gracias por tu rápida respuesta. Desde luego es lo que no tengo más remedio que hacer, acudir al Tribunal económico-administrativo con las pruebas que he aportado, no me queda más opción porque aunque me arriesgue a perder y tener que pagar un recargo, no puedo admitir que me digan que no queda probado que resido en la vivienda por la que me desgravo.

Muchas gracias otra vez

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