Compra comunitaria

¿Cómo se debe tratar el caso de una compra a un país comunitario? ¿Pagamos 0 de iva pero después en nuestra declaración trimestral de iva debemos recoger el importe del 16% como si lo hubiésemos pagado o no hacemos nada?
¿Por otro lado, durante el años hay que presentar 3 modelos 300 y un modelo 390?

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Lo primero de todo es estar de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios, el cual se obtiene mediante declaración censal, para obtener el N.O.I. (el CIF Comunitario). A continuación podrás realizar adquisiciones y ventas de carácter intracomunitario. Al comprar en Europa (fuera de España) el vendedor te emitirá una factura sin IVA por ser operación intracomunitaria y tu le pagarás. Desdués esa compra hay que registrarla en le libro registro de factura recibidas y ya está (sin IVA, por supuesto). En la contabilidad mercantil tendrás que realizar un asiento adicional para cada adquisición intracomunitaria en el momento de regularizar el IVA trimestral, consitente en soportar y repercutir el IVA correspondiente a cada adquisición (se anulan, pero hay que hacerlo). Trimestralmente, tendrás que presentar el modelo informático 349 de operaciones intracomunitarias, también el modelo 300 y declarar esa operación en la casilla de operaciones intracomunitarias y el IVA repercutido y soportado de esa operación (que se anula). Al final del año tendrás que presentar el modelo 390 de resumen anual (de los 300) y ya está. Ahora ya no hay que hacer auto-factura como antes.-
¿Por qué hay que hacer un asiento soportando y repercutiendo el IVA por el mismo importe? ¿No seria mejor poner la compra con iva soportado=0?
¿Es decir entonces en cada trimestre que corresponda la compra se debe hacer antes de regularizar el IVA este asiento?
600
472 a 400
477
¿SE PRESENTAN EN EL AÑO 3 MODELOS 300 Y UN 390 Ó 4 MODELOS 300 Y UN 390?
Tu propuesta de asiento contable es igualmente válida, y más eficiente para número elevado de operaciones intracomunitarias:
DEBE: 600
DEBE: 472
a
HABER: 400 ó 57
HABER: 477.
Por otro lado el modelo 300 se presenta 4 veces al año y el 390 una sola vez.-
Respuesta

Efectivamente para no pagar iva tienes que estar de alta en el ROI. Es muy importante que declares esas cantidades en el 349. Asesoria murcia

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