Desgravar

Hola:
Me gustaría saber, porque las donaciones a entidades benéficas se desgravan a hacienda, que ventajas tiene eso, y que otras maneras de desgravar existen. Gracias por su ayuda
RZ

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La normativa vigente del IRPF contempla los siguientes motivos de deducción:
Deducción por inversión en vivienda habitual
(LIRPF art.55.1 redacc L 21/2001 art.58.cuatro;
LIRPF art.64 bis redacc L 21/2001 art.58.nueve;
RIRPF art.51 a 55;
L 23/2001 disp. Trans.1 a y disp. Trans. 2 a)
Realización de actividades económicas por cuenta propia de carácter profesional o empresarial (LIRPF art.56.2 redacc L 21/2001 art.58.cinco)
Donativos previstos en la Ley de Fundaciones (LIRPF 55.3.a)
Otros donativos (LIRPF 55.3.b)
Rentas obtenidas en Ceuta y Melilla (LIRPF art.55.4.1°.a y b; y art. 55.4.2º)
Inversiones y gastos en bienes de interés cultural (LIRPF art.55.5.b)
Al margen de estas deducciones de aplicación en todo el territorio nacional, las diferentes Comunidades Autónomas has establecido ciertas deducciones aplicables en cada uno de sus territorios.

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