Duda en el 130

Mi duda es que un autónomo que tiene que presentar el 130 no se si en el apartado de gastos deducibles puedo meter 5% de gastos de difícil justificación y si es así sobre que base he de calcular ese 5%.

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Si, puedes hacerlo indistintamente en la renta o en los pagos fraccionados.
Si lo haces en los pagos fraccionados, lo aplicaras sobre la base imponible (si estas en reg general de iva) o sobre el total (si tu reg es de recargo de equivalencia!). Ahora bien, si lo aplicas en el pago fraccionado ten en cuenta que es sobre el total de gastos del trimestre, no sobre los gastos que vayas acumulando durante el año, superarías el 5%...

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