Iva compra ventanas y montaje

Estoy rehabilitando una vivienda que he adquirido y al pedir presupuesto para la compra de ventanas y su correspondiente instalación me han dado dos presupuestos repercutiendome dos tipos diferentes de IVA en uno el 8% y en el otro el 18%.
Echando un vistazo a la ley deduzco que lo que se refiere a la prestación del servicio por ser una obra destinada a la vivienda de un particular debería ir al 8%, pero no lo tengo muy claro.
Si me pudiesen aclarar un poco el tema lo agradecería.

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Para poder aplicar el tipo reducido de IVA (8%) debes cumplir estos tres requisitos:
1.-El destinatario debe ser persona física que use de forma particular la vivienda.
2.-La construcción p la rehabilitación de la vivienda debe haber finalizado al menos dos años antes al inicio de estas obras de reforma de las ventanas.
3.-La empresa que contrates no debe aportar materiales cuyo coste supere el 33% de la base imponible del montante total de la obra. Por ello, es requisito que en la factura que te emitan figure el desglose de los trabajos de forma unitaria con sus correspondientes valoraciones económicas.
La verdad, que ya me ha pasado muchas veces este caso, porque las empresas de reforma no entienden bien que IVA tienen que aplicar, y para demotrarles que el tipo reducido he tenido que presentar la consulta en hacienda para que esta nos conteste y así convencerles.

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