Renta y Piso

Hola, necesito que me ayuden.
Me apunté a una cooperativa de viviendas hace 14 años.
He estado pagando una cantidad por estipulada por la vivienda durante
estos años, en febrero del año pasado tenía que escriturar el piso.
Para concederme la hipoteca (subrogación de hipoteca, mejor dicho), un
amigo mío tuvo que ponerse tanto en las escrituras y en la hipoteca al
50 % (una locura por mi parte, ya lo se, pero era la única manera de
tener el piso), ya que a mi sola no me daban la hipoteca, y era la
única opción que tenía.
La cuestión es que soy yo la que vive en la vivienda (mi amigo no),
soy yo la que paga las letras de la hipoteca todos los meses, (mi
amigo, no).
Quería saber, qué derecho tiene él (mi amigo), si no paga hipoteca,
IBI, comunidad, absolutamente nada, ¿de desgravarse el 50 % del piso?.
Él sólo hizo una aportación final para pagar las escrituras, pero es
"dueño" del 50 %.
Si no paga piso, imagino que será como en los matrimonios divorciados
que siguen manteniendo el piso los dos, que sólo se puede desgravar
del piso la persona que lo paga. Quería saber si es correcto.
Y también quería saber en caso que querer cambiar las escrituras en el
futuro (espero que próximo), ¿quería saber lo que tendría que hacer (lo
mejor para mí sería una cesión de condominio para no tener que pagar
mucho más?. ¿Y eso lo decide la entidad que te da la hipoteca?. Lo
cierto es que no se mucho del tema. Agradecería me respondieran lo
antes posible, Muchas gracias.
Wanda
{"lat":40.4469470596005,"lng":-4.921875}

3 Respuestas

Respuesta
1
A ver, por un lado, en cuanto a la desgravación de la hipoteca( crédito con garantía hipotecaria), si tu amigo consta como titular de ella, es obvio que podrá beneficiarse de dicha desgravación, siempre, y cuando cumpla todos los requisitos para ello necesarios.
Por otro lado en cuanto al futuro negocio jurídico para pasar tu a tener la titularidad al 100%, podría realizarse una compraventa( que conllevaría extinción de condominio al tener tu el 50%), o realizarse una donación. En principio saldría más barato en cuestión de impuestos la primera opción, pero lo mejor seria sacar números, y plantearlo con tranquilidad, y bien asesorada. Ademas dado que el piso esta gravado con hipoteca, y tu amigo, dejaría de ser cotitular de la misma, efectivamente, tendrías que tener el ok de la entidad financiera, para realizar dicho cambio de titularidad.
Esperamos haberte sido de ayuda, agradeceríamos valoraras la respuesta.
Gracias por responder tan rapido.
Soy una total ignorante en cuanto a éstos temas, yo tengo claro que éste año se puede desgravar " mi amigo" de la parte correspondiente de dinero que dio el año pasado. Cuando me dices que si cumple los requisitos para ello necesarios, ¿te refieres a que él viva en la vivienda y pague su parte proporcional de hipoteca? (Ya que es dueño del 50 % y aparece también al 50% en la hipoteca), entonces entiendo que si éste año, como el pasado, él no paga la hipoteca mensualmente (yo lo puedo justificar con los ingresos que hago desde mi cuenta, él no), ¿doy por hecho que yo sólo me puedo desgravar el 50% de lo pagado? ¿Y el nada?. Gracias otra vez.
La información fiscal que facilita la entidad de crédito en la Agencia Tributaria, figurara el como cotitular de la vivienda y de la hipoteca, por lo tanto se desgravara tanto usted como su amigo.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Respuesta
1
De momento si la hipoteca está al 50% cada uno de vosotros tiene que desgravarse de su parte, así que él se encuentra con una desgravación extra y tu la pierdes.
Para que tu amigo deje de ser titular tienes que contar con el banco para que te autorice la modificación de la escritura y pasar por el notario.
Respuesta
-1
Lo dicho, siento no poder ayudarte.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas