Retenciones mínimas de irpf

Tengo un salario pactado de palabra con mi jefe de 1500 euros netos desde hace 3 años y él se hace cargo de todos los demás gastos como el irp;los años anteriores me descontaban un irpf normal del un 7 a un 9 por ciento;el año pasado me descontaron un 0,5 durante todo el año teniendo las mismas circunstancias (mujer, hijo e hipoteca) y mi jefe me dice que eso es lo que dice hacienda que me tiene que descontar ¿es eso cierto o mi jefe me está engañando? Siempre me ha salido a devolver alrededor de 400 euros y temo que este año hacienda me meta una "crujía"al no tener retenido casi nada. En caso de que tuviera que pagar ¿puedo reclamárselo a mi jefe?

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La verdad es que el importe no me cuadra. De todas formas si quieres hacer hace el cálculo correcto tú mismo lo puedes realizar aquí.
También te digo que las retenciones es algo variable al alza, pero no a la baja. Es decir, que si según las normas te hacienda te tenía que retener un 15%, tú puedes pedir que te retengan un 20%, pero jamás un 3%. Y si hay algún error lo tiene que pagar tu empresa. Así que todavía está a tiempo de realizar una complementaria.
Ante todo disculpe el retraso en atenderle;la duda que tengo ahora es a que se refiere con lo de que no le cuadran las cuentas, si se refiere a que es poco o muchos lo que me retienen y sobre lo de hacer una complementaria, ya que la verdad soy un negado en la materia puesto que siempre me han hecho la declaración en el banco o en la propia Hacienda. Muchas gracias por su interés
No me cuadra que con 1.500 euros netos la retención sea del 0,5% únicamente, me parece demasiado poco.
Y lo de la complementaria me refería a la empresa. Las retenciones para Hacienda son un porcentaje mínimo. Se puede negociar al alza, pero nunca a la baja. Hacienda marca una serie de porcentajes mínimos según salario, circunstancias familiares, personales, movilidad geográfica, etc. Pero son mínimos. Y francamente aunque desconozca esos valores, ese 0,5% me parece demasiado poco.
En caso de que se haya retenido de menos la responsabilidad es de la empresa, no del trabajador. Eso no implica que en la declaración del IRPF Hacienda no vaya a pedir al trabajador todo, pero es que también se lo va a pedir a la empresa si decide inspeccionarle el 190 (es una declaración anual en la que el retenedor, en este caso la empresa, lista todas los pagos sujetos a retención y la retención efectivamente realizada). El plazo para presentarla termina hoy, pero el de pagarla (modelo 110) pasó el día 20 de enero. Cuando alguien se da cuenta de que ha metido la pata, tiene la posibilidad de presentar una nueva declaración a posteriori, que es lo que se llama complementaria. Pero en este caso es obligación del empresario. Eso sí, si se espera a que Hacienda se dé cuenta la sanción y el recargo va a ser superior a si decide él mismo regularizar la situación.

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