Donación de vivienda e IVA

Vivo con mi pareja en un piso cuya propiedad es de sus padres. Ahora queremos cambiar de casa, así que sus padres nos regalan el piso en el que vivimos para venderlo y con el dinero meternos en otra cosa. La cuestión es: ¿Sólo tendríamos que pagar el impuesto de donaciones y la escritura o habría que pagar además IVA? ¿Cómo afectará al IRPF de mi chica? ¿Habría qué pagar algún tipo de plusvalía? El piso está en Madrid, así que creo que hay una bonificación del 99% sobre el impuesto.

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Se paga:
.- El Impuesto de donaciones
.- La notaria y el registro de la propiedad
.- Las plusvalías las paga quien recibe el bien, o sea tu chica
.- El IRPF de tu chica no afecta para nada
.- Lo que si afecta y mucho, es el IRPF de tus suegros.
.- IVA ni se paga ni se cobra. Tendréis que pagar IVA cuando os compréis la nueva vivienda, si es de nueva construcción y el ITP si es de segundamano.
Muchísimas gracias, David: respuesta estupenda pero ante mi desconocimiento del asunto me surgen nuevas dudas:
- Las plusvalías ¿sobre qué cantidad? Al fin y al cabo no hay venta, así que no hay plusvalía...
- ¿Cómo afecta al IRPF de mis suegros? Imagino que al tener menos bienes, les beneficiará...
Gracias de nuevo.
1.- Las comúnmente llamadas plusvalías es realmente el IIVTNU (impuesto de incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana) Y se calcula por el incremento de valor del terreno desde que tu padre compro el piso hasta que te lo dono. Este es un dato que te calcula el municipio por que cada ayuntamiento cobra diferente.
2.- Al revés, todo el mundo piensa que es beneficio para el que dona, y realmente es todo lo contrario.
A efectos de calificación para hacienda, una donación se considera como una venta, pero con la salvedad de que es una venta lucrativa, es decir, sin contraprestación de pago, o sea, un regalo. Por lo tanto, como en una venta, hay que valorar lo que le costo a los padres el inmueble y su precio de mercado en el momento de la donación. Y esa diferencia los padres tendrán que tributar en la declaración de la renta como ganancia patrimonial.
Y esto es un dinerin.

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