Devolución aportaciones de capital

Me gustaría saber cuál es la repercusión, desde el punto de vista fiscal y contable, de la contabilización por parte de una empresa de reciente creación, de la aportación al capital realizada por sus socios, y la posterior devolución de las cantidades aportadas utilizando la cuenta "Cuenta con socios y administradores".
Un saludo,

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Si lo que te refieres es a la aportación inicial para la constitución de una sociedad, el único coste fiscal es el pago del 1% a la comunidad autónoma en concepto de actos jurídicos documentados, nada más, como sabrás este dinero no se puede devolver a los socios, es mejor que utilices lo mínimo posible la cuenta de socios y administradores, si los socios dejan un dinero a la sociedad para su posterior devolución no se considera aportación al capital, sino un préstamo, por lo que hay que contabilizarlo como tal, estos préstamos están exentos y no pagan impuestos, si tienes alguna otra duda procura especificar más concretamente para poder respndenter mejor.

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