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Llevo una S.L. Constructora. Tenemos un solar. El pasado ejercicio el Ayuntamiento mediante Expediente Expropiatorio se queda con parte del terreno y nos liquida: 150.000 euros. Dado que no tengo apenas actividad pues aún no tenemos la Licencia para construir, me veo al cierre del ejercicio con tal magnitud de Beneficios. Mi pregunta es:
¿tendremos que tributar en el Impto.S/Sociedades al tipo vigente?
¿no hay manera de evitar pagar tal cantidad de Impuestos?
Estoy muy desesperado.
Gracias anticipadas
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