Soy pensionista y necesito consejo para deducir el impuesto del Ibi en Ayuntamiento de Torremolinos

Hola Binot, a ver si me puedes ayudar. Verás, me ha enviado el recibo del Ibi, el Ayuntamiento de Torremolinos, y veo que se puede deducir una subvención por Pensionista, pero ellos me han dicho por teléfono que no, que eso es sólo si uno está empadronado, pero yo creo que eso no es así, porque ya por empadronamiento viene aparte una subvención, ¿me podrías confirmar esto?, y si me pudieras citar la norma que recoja esos preceptos por el que se regulan dichas subvenciones, para al menos poder constatar esto. Por cierto, aplican una tasa como tipo impositivo, del 1'16%, no he visto que otros ayuntamientos apliquen una tasa tan alta como esa, ¿es eso legal?
Bueno, espero tu respuesta, gracias y un saludo
Respuesta
1
LA NORMA ES EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDAS LOCALES, no obstante y en base a este texto, los ayuntamientos pueden aplicar o no las deducciones que crean convenientes.
La normativa la puede encontrar en la siguiente dirección:
http://www.catastro.meh.es/esp/normativa1.asp#menu1
Bienes inmuebles urbanos y rústicos
El tipo de gravamen mínimo y supletorio y el máximo establecidos para esta clase de bienes inmuebles son los siguientes:
Clases de inmuebles mínimo máximo
Inmuebles urbanos 0,4% 1,10%
Inmuebles rústicos 0,3% 0,90%
Tipos incrementados
Los ayuntamientos podrán incrementar los tipos señalados anteriormente con los puntos porcentuales que para cada caso se indican cuando concurra alguna de las circunstancias que se contemplan en el TRLRHL. Si concurriesen varias se podrá optar por hacer uso del incremento previsto para una sola, algunas o todas.
Hola de nuevo! Ante todo, gracias por tu respuesta. Verás, he estado ojeando toda esa normativa, y: o yo soy torpe, o no he visto nada, relativo a lo de la deducción por pensionista, que es lo que yo comentaba que quizás no había que estar empadronado para tener derecho a ella. Hay muchos epígrafes, he ido entrando en ellos, pero ya digo, no veo nada relativo a eso.
Si sabes en cual se encuentra en concreto y me lo puedes comunicar, te lo agradecería.
Gracias de nuevo, un saludo
He intentado localizar la Ordenanza Municipal pertinente en la Web del Ayuntamiento, y no existe ningún apartado donde se de publicidad a esas ordenanzas.
En cuanto a la deducción por ser Pensionista, estará dentro de la potestad del propio ayuntamiento para aplicar o no esa deducción, y por tanto dentro de las ordenes municipales emitidas por ese ayuntamiento en concreto, no todos los ayuntamientos aplican esa deducción, ya que es potestativa, por lo que en el TRLRHL no indica concretamente esta bonificación. Debería solicitar de ese ayuntamiento en que ordenanza se aprobó, en que fecha y le aporten el contenido de esa ordenanza municipal.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas