Impuesto de rodaje municipal

Tengo una duda sobre el impuesto de rodaje. Me ha llegado una carta del ayuntamiento en la que tengo que pagar 200 euros de rodaje de varios vehículos, entre ellos una moto que vendí en mayo del 2005. ¿Tengo qué pagar yo el rodaje o la parte compradora? ¿Es el impuesto de rodaje obligatorio de forma ejecutiva como si se tratase de un cargo fiscal de hacienda? Es que tenia entendido desde hace poco que era un impuesto que el no pagarlo solo influía a la hora de vender el vehículo.

1 respuesta

Respuesta
Los tributos municipales si son anuales los paga el titular a 1 de enero del año correspondiente.
Si no pagas y tu ayuntamiento funciona bien te embargarán.
Otra cosa es que sea obligatoria el pago de los mismos si quieres transferir el vehículo..

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