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Hola:
Gracias por la confianza. Intentaré hacer honor a ella.
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CÁLCULO DE LA GANANCIA PATRIMONIAL:
NOTA IMPORTANTE: Como la vivienda está adquirida antes del 31/12/1994 se le aplica el régimen transitorio de los coeficientes reductores.
La fórmula para calcular la ganancia producida es:
GANANCIA=
+ VALOR DE VENTA
- VALOR DE COMPRA ACTUALIZADO
- COEFICIENTE REDUCTOR
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VALOR DE VENTA:
El valor de venta es fácil de calcular, es el precio por el que vendes la vivienda que viene recogido en escrituras.
A este precio le puedes restar los gastos necesarios para la venta como son: el Impuesto Municipal y los gastos de la inmobiliaria, por ejemplo.
En tu caso: 330.556,66 euros (55 millones) - 3.000,00 (plusvalía) = 327.556,66
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VALOR DE COMPRA:
El valor de compra es el precio que aparece en las escrituras más el IVA en este caso más todos los gastos necesarios para la compra (escrituras, inmobiliaria, gastos de formalización del préstamo,...)
Ese valor debe actualizarse en función del año de la compra. El coeficiente que corresponde para el año 1993 es el 1,1924.
En tu caso el valor de compra es:
Precio vivienda: 75.126,51 euros (12,5 millones)
IVA: 4.507,59 euros (750000)
TOTAL: 79.634,10
VALOR DE COMPRA ACTUALIZADO:
79.634,10 x 1,1924 = 94.955,70
NOTA IMPORTANTE: Si tienes justificantes de los gastos de compra puedes incorporarlos y no olvides ACTUALIZARLOS con el mismo coeficiente.
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GANANCIA PREVIA
Es igual a:
+ VALOR DE VENTA: 327.556,66
- VALOR DE COMPRA ACTUALIZADO: 94.955,70
GANANCIA PREVIA: 232.600,96
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COEFICIENTES CORRECTORES:
Para las viviendas adquiridas antes del 31/12/1994 existe la posibilidad de aplicar unos coeficientes correctores por año de posesión de la vivienda desde la fecha de compra hasta el 31/12/1996 (1996)
Estos años se redondean por exceso por lo que si compraste la vivienda en 1993, hasta el 1996 la habrás poseído por un total de 3 años (redondeando por exceso)
El coeficiente a aplicar es el 11,11%, con lo que el resultado es:
REDUCCIÓN: 11,11% x 3= 33,33%
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GANANCIA REDUCIDA:
La ganancia reducida es la GANANCIA PREVIA (232.600,96) menos la reducción (33,33%)
GANANCIA REDUCIDA: 232.600,96 - 232.600,96 x 33,33% = 155.075,06
ESTA ES LA GANANCIA FINAL POR LA QUE TENDRÁS QUE DECLARAR EN EL IRPF POR LA VENTA DE TU VIVIENDA.
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POSIBILIDADES
1: NO HACER NADA:
Si no haces nada Y NO REINVIERTES, deberás pagar como por la venta de la vivienda el 15% de esa cantidad, lo que supone un total de: 23.261,26 euros.
2: REINVERTIR:
Debes reinvertir en la nueva vivienda lo NETO recibido por la venta de la antigua, este NETO es lo recibido (valor de venta) menos lo usado para amortizar préstamo pendiente.
En tu caso deberías reinvertir:
330.556,66 - 6000 = 324.556,66
Con esto lograrías que el 100% de la ganancia obtenida quedara exenta de tributar.
En tu caso quieres reinvertir 192.323,87 euros (32 millones) con lo que sólo reinvertirías el 59,26% de lo recibido por lo que sólo quedaría exento de tributar el mismo porcentaje de la ganancia.
Si reinviertes 32 millones deberás pagar por la ganancia patrimonial a Hacienda un total de: 23.261,26 x (100-59,26%)= 9.476,64 euros
APARTE TÚ NO PODRÁS DESGRAVARTE POR NADA DE LA COMPRA DE LA NUEVA VIVIENDA.
Tu mujer sí podrá desgravarse por su inversión de 32 millones siempre que hagáis declaraciones separadas.
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CAMBIOS DE RESIDENCIA:
Los cambios habidos en tu residencia se han producido este año 2006. Por la antigua vivienda no te preocupes porque ya tiene la consideración de vivienda habitual.
El cambio de empadronamiento no supone, a su vez, el cambio en la residencia fiscal. Mientras fiscalmente mantengas la misma dirección no tienes ningún problema.
En cualquier caso, una vez compres la nueva vivienda te empadronas en ella y comunicas a Hacienda (por medio de la propia declaración de IRPF) el cambio de residencia y aportas toda la documentación de compra y venta.
Un saludo, creo que he dado respuesta a todas tus dudas, espero que te haya sido de ayuda y gracias por la paciencia. Por favor no olvides puntuar
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