Asiento contable de liquidación

Es la primera vez que hago una pregunta y se lo agradecería a quien me pudiera ayudar ¿cómo se hace el asiento de una liquidación a la finalización de un contrato?

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Si se refiere a un contrato laboral, pues el soporte es la nómina y el finiquito (si no está incluido en ésta)
La única diferencia con una nómina mensual a la hora de su contabilización es que puede contener una indemnización.
La indemnizaciones se aplican a la cuenta (641), el resto de conceptos retributivos por liquidación se aplicarían a la (640).
De ese modo haríamos:
Al debe:
(641) la indemnización
(640) el resto de conceptos
(vacaciones, pagas, etc.)
Al haber:
(476) la Seg. Social.
(475) el IRPF
(465) el neto a pagar.
Al efectuar el pago:
(465) a (57) banco o caja
Si tiene alguna duda más, le responderé con gusto.

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