¿Pagar a hacienda por donación o regalo?

¿Mi suegra ha vendido su casa y ha regalado algo de dinero a sus hijos?. A mi marido le dio 36000 e y a mi cuñada 60000e. Mi suegra nunca ha realizado la declaración de la renta, ¿tendría qué hacerla ahora no?
Mi cuñada va a reinvertir el dinero en su primera vivienda, ¿en tal caso no tendría que pagar a hacienda?
¿Y mi marido? ¿Cómo tendría que declararlo? ¿Cómo donación? ¿Y cuánto tendría que pagar a hacienda?

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Respuesta
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A ver:
Tu suegra ha de declarar la venta de la casa, y pagará porque ha obtenido Ganancias Patrimoniales. Luego deberá indicar que os ha donado el dinero.
Las cantidades que os ha donado tanto a vosotros como a tu cuñada, tributan por el impuesto de donación... y ambos como beneficiarios deberéis pagar por él (cada uno en proporción a lo recibido)
Sobre este impuesto de donación, no te puedo informar más porque no lo tengo por la mano.
Tu cuñada pagará el impuesto igual que vosotros aunque invierta el dinero en su primera vivienda, con la única ventaja de que se podrá desgravar por adquisición de vivienda hasta el tope establecido (9. ¿015? Por declaración) aunque invierta los 60.000.
Todo lo que pase de 9.015 hasta los 60.000 los perderá de desgravar ya que no se pueden pasar al año siguiente.
Espero haberte aclarado (en parte) tus dudas, y por favor no olvides puntuar la respuesta

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