Vivienda privativa de un cónyuge en matrimonio de gananciales, y fallecimiento de ese cónyuge.

Estoy casada en régimen de gananciales. Mi marido tiene una vivienda y su correspondiente hipoteca a su nombre que adquirió antes del matrimonio. Actualmente nos hemos separado, pero no legalmente, y él se queda a vivir en su vivienda y yo en otra vivienda que tenia también anterior al matrimonio. Los dos estamos de acuerdo en esta situación .

La hipoteca de mi marido se firmó si ningún seguro de vida, ya que hace 6 años no se lo exigieron. Si mi marido falleciese y aún no nos hubiésemos separado o divorciado legalmente, ¿seria yo responsable de la deuda de esa hipoteca a su nombre(la tendría que seguir pagando yo) o la deuda pasaría a sus padres? Y lo mismo con mi piso, adquirido antes de nuestro matrimonio.

Ninguno tenemos ánimos para separarnos ahora legalmente ni meternos en tramites y gastos, pero no queremos poner al otro en una situación complicada en caso de fallecimiento de alguno de los dos.

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Dado que son bienes privativos, la responsabilidad sobre las hipotecas de los mismos, pasa a sus herederos, el problema es que mientras que no estéis divorciados, seguís siendo herederos legales el uno del otro, junto con sus ascendientes.

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