Aspectos legales compra - venta vivienda

Me gustaría hacerte una consulta si fuera posible. Te pego la consulta que realicé y que nadie me ha contestado por el momento. Gracias. Un saludo.
El 15 de octubre del año pasado reservé una vivienda ya construida y terminada (urbanización de 24 adosados. Adosados de 4 dormitorios por 180.000 € y adosados de 5 dormitorios por 215.000 €) a través de una inmobiliaria mediante un contrato de arras con una señal de 3.000 €. Señal que la inmobiliaria entregó a la empresa según un documento acreditativo que me entregaron firmado por el apoderado de la empresa propietaria de las viviendas. En este contrato que comento, el precio de la vivienda un adosado de 4 dormitorios, quedó fijado en 180.000 €. En el contrato de arras, se indicó que la entrega de la vivienda y la firma de la escritura se haría en un máximo de 60 días, ya que no tenían aún la cédula de habitabilidad. Durante todo ese tiempo, me puse en contacto en reiteradas ocasiones tanto con la inmobiliaria como con la empresa que vende las casas para interesarme, ya que pasaban los días y no se pronunciaban. En la empresa me han dicho siempre que la cédula estaba pedida al ayuntamiento y desde el ayuntamiento me decían que la cédula no se iba a conceder hasta que lo que es la urbanización estuviera terminada(alfaltado, farolas, bancos, etc). Desde octubre del año pasado he estado renovando este contrato cada dos meses con la inmobiliaria. La última renovación de este contrato de arras vence a mediados de junio y me indicaron a primeros de mes desde la constructora que no estaría la documentación hasta dentro de unos meses. Bueno..., pues, hace dos días, por casualidad, echan en mi buzón un folleto publicitario de la entidad bancaria donde estas viviendas tienen hipoteca, y en donde se publicitaban los mismos adosados que en octubre del año pasado reservé, la misma urbanización. Sin embargo, el precio de una vivienda igual que la mía, un adosado de 4 dormitorios ahora es de 165.000 €(15.000 € menos) y un adosado de 5 habitaciones ahora estaba en 185.000 € (30.000 € menos que antes). Y lo que he hecho es reservar con una señal un adosado de 5 habitaciones por 185.000 € para anular la reserva primera que me vence ahora en junio por incumplimiento de contrato.
Esto mismo que os comento lo hablé en la entidad bancaria una vez que hice la reserva del nuevo adosado, el de 5 habitaciones. La entidad se puso en contacto con la constructora y le pusieron pegas al respecto.
Me gustaría saber si llegado el momento la constructora podría negarse a vender la nueva vivienda que he reservado(la de 5 dormitorios) y si, igualmente, podría negarse a devolverme los 3.000 € de la primera reserva que me vence ahora en junio.
Y llegado ese caso, qué medidas legales podría emprender contra ellos.

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Si el contrato es incumplido por la promotora (y el no cumplir la fecha pactada de entrega lo es) tú no tienes ninguna obligación con ella. Si el contrato vence y no concedes una prórroga, están obligados a devolverte tu dinero (y generalmente una compensación por incumplimiento de contrato, revisa bien el contrato que tienes firmado porque en las arras lo normal es que, si el comprador se echa atrás pierda la señal, pero si es el vendedor el que imposibilita la venta tenga que dar el doble de este pago. En el caso de una promotora la compensación puede ser el interés legal del dinero del tiempo que haya estado este importe en su poder)
El caso, que tú tienes obligación de respetar el contrato hasta que éste venza, no más. Es lógico que la promotora ponga pegas porque no quiere vender por menos dinero, pero salvo que te entregue la vivienda dentro del contrato firmado, no tiene manera de evitarlo.
Sobre si puede negarse a venderte la nueva casa reservada... por poder, puede, pero no creo que le interese perder una venta. Si cancelas el contrato firmado se quedan sin venta, así que la opción de comprar después les aporta un cliente que tal y como están las cosas no creo que quieran rechazar (aunque como te digo, por poder, pueden decirte que ya está todo vendido, también depende del interés que tengas en la casa)
Sobre las medidas legales contra ellos si no te devuelven el dinero de la señal no te quedaría más remedio que iniciar un proceso judicial, pero esto conviene evitarlo siempre que sea posible. Creo que lo mejor que puedes hacer es proponerles claramente tu intención de no prorrogar el contrato y firmar otro distinto para aprovechar la oferta, o que te hagan una rebaja de precio en el actual (esta última opción también sería beneficiosa de cara a hacienda, ya que probablemente sabes que la fiscalidad de la vivienda ha cambiado para compras cerradas antes o después del cambio de año y si firmas ahora un nuevo contrato ya no podrás desgravar si tu base imponible es de más de 24.000 euros al año)

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