Responsabilidad del avalista

No tengo claro algunos conceptos de la responsabilidad del avalista y del procedimiento bancario, espero que me los aclare.
Mi préstamo bancario (hipoteca) está respaldado por un avalista.
En el caso de que no pudiera seguir respondiendo a las letras, ¿qué procedimiento legal lleva el banco? ¿Cuánto tiempo de plazo da antes de proceder ante el impago? ¿Me embargarían a mi la vivienda o iniciarían el proceso con el avalista? ¿Puede negarse? ¿Ante una cosa u otra que seguridad o que me implicaría a mí ante el avalista?
Gracias, cualquier aclaramiento (asesoramiento) más ante este tipo de situaciones se lo agradecería.

1 respuesta

Respuesta
No hay problema. El avalista responde con todos sus bienes presentes y futuros. Esto quiere decir que la demanda de ejecución hipotecaria, si usted deja de pagar, será formulada contra el avalista también.
Subastada la vivienda, si existe alguna cantidad pendiente de cobro por el banco, se procederá a reclamar al avalista.
Lea este articulo http://www.mediatoris.com/actualidad/la-responsabilidad-patrimonial-universal-el-avalista]http://www.mediatoris.com/actualidad/la-responsabilidad-patrimonial-universal-el-avalista[/url]
Eso quiere decir entonces que antes primaría mis bienes y en el caso de que en esa subasta quedara algo pendiente reclamarían al avalista y si con esa subasta se liquidara la hipoteca pendiente, ¿el avalista no tendría responsabilidad ninguna y yo no aparecería como moros@, es así como lo entiendo?
¿Cuánto tiempo suele esperar el banco a ejecutar un embargo?
La deuda se incrementaría cuanto más meses sin pagar, habrá recargo por demoramiento de impago, ¿puede un hipotecado no endeudarse más? Si al fin y al cabo a la primera persona que embarga es al hipotecado y luego al avalista en el caso de que no fuera suficiente lo "recaudado" o "recuperado", en el caso de falta de ingresos o escasez de ellos.
Gracias.
El tiempo a esperar depende de cada banco. Una, dos, tres cuotas o en algunos casos más de seis. No hay un plazo para ello, basta con que esté impagado.
La deuda se incrementa con intereses ordinarios, intereses de demora, que se calculan por días de demora y con las costas. El límite siempre es la responsbailidad hipotecaria del bien.
Como le decía ya, en caso de no cubrirse la deuda, se reclama al avalista la parte no cobrada. Quiero decirle de antemano que puede minimizar o incluso evitar que tal circunstancia se de y toma la iniciativa.
Gracias por la aclaración, lo que no entiendo es de que sirve un "avalista"...
La única opción más viable es un empleo fijo y bien remunerado o vender bien la vivienda.
Si es cuanto puedo saber y tener claro, muchas gracias por su respuesta.
Resulta evidente, si deja de pagar, El banco se asegura de que haga lo posible por no afectar a terceras personas y en caso de que no tome en cuenta el riesgo, le reclamarán al avalista, para que sea él el que trate de persuadirlo.
Entrando en el terreno práctico, usted esté pensando en que dentro de poco, dejará de pagar. Piensa en que el banco reclame, subaste la vivienda y cobre su deuda sin moletasr a nadie. Si subasta y no cubre la deuda, usted podría caer en la tentación de desinhibirse del resto (como no tiene propiedades).
En caso de haber avalista solvente, el caso es el mismo, con la diferencia de que el banco se adjudica la casa al 50% de su valor y piensa ¿Cómo cobrarmos el resto? Cobramos al avalista, que para eso firmó. Si lo piensa fríamente, todo son ventajas...
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