Dos `hipotecas

Hola, tengo una hipoteca desde hace unos 4 años y quiero comprarme otra casa para lo cual tengo que pedir otra hipoteca para poder comprar la nueva casa y terminar de pagar la que tengo ( para no estar pagando dos hipotecas) ¿Puedo seguir desgravándome como si fuese la nueva vivienda mi vivienda habitual? Gracias

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Para poder desgravarte una vivienda como vivienda habitual tienes que cumplir con los requisitos que establece hacienda para ellos, que son:
El concepto de vivienda habitual se recoge en el artículo 51 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
«1. Con carácter general se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, o cambio de empleo, u otras análogas justificadas.
2. Para que la vivienda constituya la residencia habitual del contribuyente debe ser habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras.
No obstante, se entenderá que la vivienda no pierde el carácter de habitual cuando se produzcan las siguientes circunstancias:
Cuando se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente impidan la ocupación de la vivienda, en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.
Cuando éste disfrute de vivienda habitual por razón de cargo o empleo y la vivienda adquirida no sea objeto de utilización, en cuyo caso el plazo antes indicado comenzará a contarse a partir de la fecha del cese.
3. Cuando sean de aplicación las excepciones previstas en los apartados anteriores, la deducción por adquisición de vivienda se practicará hasta el momento en que se den las circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda o impidan la ocupación de la misma, salvo cuando el contribuyente disfrute de vivienda habitual por razón de cargo o empleo, en cuyo caso podrá seguir practicando deducciones por este concepto mientras se mantenga dicha situación y la vivienda no sea objeto de utilización.»
En tu caso la segunda vivienda no seria realmente tu vivienda habitual y si hacienda llegado el momento lo pudiera demostrar seria un verdadero problema para ti. Otra cosa es que si te fueras a vivir allí, entonces si podrías desgravartela. Si me dices más datos te podre ayudar mejor.

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