¿Sólo queda el embargo?

Hace 4 años compré una vivienda por 200.000eur. Me concedieron la hipoteca con una nómina de 1000eur. Y sin avalista. Entonces vivía con mi pareja y lo pagábamos a medias, pero hace 2 años que lo pago sola. Una hipoteca de 750 eur. Se ha convertido en una de 1280 eur y la desesperación empieza a hacer estragos. Me cuestiono incluso la legalidad del asunto, porque está claro que yo no tuve ningún conocimiento, pero el banco tampoco... Les propuse una dación en pago, pero me dicen que no porque no estoy en el paro. Así que como no me avaló nadie me estoy planteando el embargo. Sé que es la peor solución, pero la venta es imposible y la situación insostenible. Me gustaría que me pudiera asesorar porque no sé nada respecto a embargos, no sé si también embargan el sueldo, ni si es una situación para toda la vida. He leído la contestación que le da a una persona sobre un convenio de realización o pedir la venta por una empresa especializada, ¿estas opciones se pueden realizar antes del embargo? ¿Se le ocurre algo para no tener que llegar al embargo? Lo siento, sé que son demasiadas dudas.

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Entiendo cuando usted me habla de embargo, que se trata del procedimiento hipotecario. Si es ese su caso, usted puede optar entre negociar con la Entidad Financiera o dejar de pagar para que se continué con un procedimiento judicial.
Cuando el procedimiento se abre, ha de ser consciente que mientras que dure el procedimiento (lo que incluye convenio de realización, intervención de empresa especializada), tendrá anotaciones en un archivo de morosos y no podrá solicitar créditos por pequeños que sea.
Que no tenga avalistas, le beneficia más que perjudica porque tal y como están las cosas el banco negociará mejor con usted.
Desde mi punto de vista, el convenio de reaalización (un intento de resolución extrajudicial) o la venta por empresa especializada es una interesante opción a tomar en cuenta, dado que lo que hay que evitar a todas luces, es que le subasten la casa y siga debiendo dinero.
Ha de valorar las ventajas e inconvenientes y tomar su decisión. Una última cosa: ¿Su hogar es domicilio profesional de alguna actividad?
Muchas gracias por la respuesta. No, mi hogar no es domicilio social de una empresa. ¿Por qué lo pregunta? Con respecto al embargo hipotecario, ¿se es moroso para siempre? ¿Quiero decir si nunca más podría pedir un crédito? ¿Qué pueden llegar a embargar de la nómina? ¿A qué se refiere con venta por una empresa especializada?
No he encontrado ni una sola experiencia de nadie que haya sido embargado, en ningún sitio cuentan las consecuencias reales.
Muchísimas gracias.
Lo preguntaba, porque estaba pensando en su situación y podría encajar en extremo en un caso para instar una quiebra voluntaria. Esto le daría un respiro y solucionaría el problema. No obstante uno de los requisitos para que se otorgue y en caso de impago evitar que se ejecute la hipoteca es que la vivienda sea la que soporta una actividad empresarial.
Si fuera donde su esposa, hijos o algún otro miembro de la familia trabajara, habría muchas posibilidades. De todos modos, estoy estudiando las características.
Con respecto a la segunda cuestión que plantea, depende. Si el Banco no recupera, el total de lo reclamado (principal, intereses y costas) seguirá reclamando y por ello posteriormente, embargará nóminas, propiedades o ingresos de los avalistas... hasta cubrir la deuda.
Si hubiera una cantidad incobrable, la practica habitual de los Bancos es notificarlo en la CIRBE del Banco de España para que otras Entidades Financieras sepana que ha habido un crédito incobrable. Pero es en este caso especifico.
Con respecto a la tercera, hay empresas especializadas en la venta inmobiliaria, homologadas en los juzgados. La LEC no pide que sean esas exclusivamente, pero son las que no tendrían oposición del ejecutante. Reciben encargo del juez y un tiempo para hacerlo. Venden la propiedad, el Banco recupera el crédito y usted queda liberado de todo. MIentras se suspende cualquier subasta posible.

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