Consecuencias de embargo

Soy un inmigrante colombiano que esta hipotecado y debo 132000 de los cuales se pagan 800 euros mens. Pero me he quedqdo desempleado hace 4 meses y posiblemente tenga que dejar de pagar el próximo mes y mis preguntas son:
-¿Al cuánto tiempo de dejar de pagar me retiran el inmueble?
-Al ser moroso hipotecario cuanto tiempo dura mi enemistad con los bancos. ¿Para siempre?
-¿Dicha enemistad es con los bancos nacionales o este se extiende a nivel internacional?
-El embargo de la nomina de mi mujer que también es titular, ¿la pueden ejecutar .gana 900euros al mes?
-Si voy a trabajar a francia, ¿inglaterra o colombia me embargaran la nomina también?
-La casa de mis padres en colombia esta a mi nombre, ¿irán a por ella?
-Las cosas de casa como(tv, pc, ¿inmobiliario etc)también me lo quitan?

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Voy a intentar aclararle sus dudas
-Respecto al impago de cuotas que puede iniciar el proceso de embargo según la doctrina de los tribunales debe tratarse de impagos reiterados (se estima en tres cuotas seguiddas como mínimo) si bien depende de la "paciencia" de cada entidad.
-La situación de enemistad con los bancos (y no sólo bancos) permanece en principio hasta que salda las deudas y deja de figurar como moroso en los listados "oficiales o no de morosos".
-Desconozco si a nivel internacional (aunque considero que no) existen acuerdos entre las entidades crediticias para intercambiar informes de solvencia de sus clientes ya que son prácticas oscuras e incluso ilegales.
-Si su mujer es titular del préstamo podrían embargarle parte de la nómina con los límites fijados en la Ley (se calcula en base al salario mínimo proesional).
-En caso de queobtenga ingresos en otro país considero muy difícil que puedan proceder a embargarle ya que se requiere cooperación judicial entre distintos países y que la entidad acreedora pueda conocer dichos ingresos.
-En el caso de su casa igual que antes e incluso dudo que las autoridades colombianas llegado el caso no amparasen a un nacional de su país.
-En principio solo embargarían la casa y si tras la subasta no fuese suficiente para saldar el total de la deuda intentarían embargar cualquier otro bien por la jurisdición ordinaria (más lenta y tortuosa).
Si desea alguna aclaración no dude en preguntar
Hola y muchas gracias
La duda que me queda es la del embargo de la nimoina ;se dice que el salario mínimo interprofesional es de 600euros, entonces eso quiere decir que mi mujer cobrara estos 600 en vez de 900 euros.
NO necesariamente. El primer paso es que la entidad embargue la vivienda y si con la subasta no pudiese conseguir el pago total de la deuda iría a embargar el resto de bienes o ingresos. Respecto al tema del salario depende de las circunstancias personales y económicas de cada uno lo que le quería indicar es que la Ley establece ciertos límites atendiendo a las protección del deudor no siendo embargables el salario en su totalidad, las herramientas profesionales, etc... Respecto al salario el límite bien fijado por el salario mínimo con matices ya que afectan otras circunstancias hijos, ingresos totales, etc.. que deben ser valorados en cada caso.
Hola pablovo
Muchas gracias por tu colaboración y te agradezco esta labor que has hecho como experto . si tengo más dudas te volveré a contactar

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